Informe sobre las afectaciones del Bloqueo a Cuba del año
2019
AGOSTO 15 2019
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Desde abril
de 2018 hasta marzo de 2019, período que abarca el presente informe, el
recrudecimiento del bloqueo continuó siendo el eje central de la política del
gobierno de los Estados Unidos (EE.UU.) hacia Cuba, con efectos cada vez más
notables en su aplicación extraterritorial. La estrategia estadounidense se
enfocó en consolidar la confrontación y la hostilidad, tanto en el plano
declarativo como en la ejecución de medidas de agresión económica contra el
país.
El clima de
hostilidad en las relaciones bilaterales ha estado fuertemente marcado por el
incremento de la retórica agresiva del gobierno estadounidense contra Cuba.
Como parte de esta escalada, EE.UU. intentó introducir 8 enmiendas al proyecto
de resolución contra el bloqueo presentado por Cuba el 1ro de noviembre de 2018
en la Asamblea General de las Naciones Unidas. El objetivo de su maniobra era
modificar la naturaleza del texto y fabricar pretextos para la continuidad y el
reforzamiento de su política genocida, recurriendo a falsas alegaciones en
materia de derechos humanos.
A pesar de
las fuertes presiones ejercidas por los EE.UU., la comunidad internacional
rechazó sus propuestas, al tiempo que expresó una vez más, su apoyo abrumador a
la resolución de condena al bloqueo.
El presente
informe evidencia cómo el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto
contra Cuba, continúa representando un freno para el desarrollo de todas las
potencialidades de la economía cubana, para la implementación del Plan Nacional
de Desarrollo Económico y Social del país, así como para la consecución de la
Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Desde abril
de 2018 hasta marzo de 2019, el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden
de los 4 mil 343, 6 millones de dólares.
El
significativo impacto negativo de la aplicación de las medidas adoptadas
recientemente por los Estados Unidos para recrudecer el bloqueo contra Cuba no
está contabilizado en el presente informe, por exceder el cierre del periodo
analizado. Esta información estará recogida en el documento que se presentará
el próximo año.
A precios
corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta
política alcanzan la cifra de 138 mil 843, 4 millones de dólares.
Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el
mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por
más de 922 mil 630 millones de dólares, valor que
representa un decrecimiento del 1,2 por ciento con respecto al período
anterior, debido a la disminución del precio del oro en 1,6 por ciento.
Transformar
el costo del bloqueo en capacidad de pago del país, permitiría disponer de una
fuente de financiamiento adicional, sustantiva y sostenida que otorgaría un
mayor dinamismo a los programas inversionistas vinculados a los sectores
estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030.
De esta manera, se crearían las condiciones necesarias para lograr gradualmente
ritmos sostenidos de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) anual.
En el
período analizado, el fortalecimiento de la aplicación extraterritorial del
sistema de sanciones contra Cuba se reflejó en constantes afectaciones a las
empresas, bancos y embajadas cubanas, las cuales enfrentan colosales obstáculos
en sus actividades comerciales y financieras en muchos países del mundo.
El
Departamento de Estado de los EE.UU., amplió en tres ocasiones la “Lista de
Entidades Cubanas Restringidas” que son objeto de sanciones adicionales a las
impuestas por las regulaciones del bloqueo. Esta medida ha ocasionado daños
considerables a la economía del país, por su efecto intimidatorio sobre la
comunidad empresarial internacional. A ello se sumaron las disposiciones
de la Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento
del Tesoro y del Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento del
Comercio de los Estados Unidos de eliminar, a partir del 5 de junio de 2019,
las licencias generales para los viajes educativos grupales “pueblo a pueblo” y
de negar licencias a las aeronaves no comerciales y embarcaciones de pasajeros
y recreativas en estancia temporal, incluyendo los cruceros, lo que impacta
severamente el número de visitantes al país. Todas estas acciones fueron
tomadas con el objetivo deliberado y declarado de causar daños económicos y
privar a Cuba de recursos financieros.
Una
demostración sin precedentes del recrudecimiento de la política anticubana del
gobierno estadounidense, fue la decisión de permitir la posibilidad de que, al
amparo del Título III de la Ley Helms-Burton, se puedan tomar acciones
judiciales en tribunales de los EE.UU. ante demandas presentadas por ciudadanos
o entidades estadounidenses contra empresas o individuos cubanos o de terceros
países que se relacionen comercialmente con propiedades nacionalizadas en Cuba
en la década de 1960. Esta decisión puso fin a la práctica asumida desde 1996
por los gobiernos estadounidenses anteriores, demócratas y republicanos, y por
el propio Presidente Trump en sus dos primeros años de mandato, quienes habían
suspendido cada 6 meses esta posibilidad.
La Ley
Helms-Burton constituye un instrumento jurídico de coerción política que
dispone acciones de presión económica lesivas a la soberanía de Cuba y de
terceros países, con el propósito de asfixiar a la economía cubana e
incrementar las carencias de la población. Busca perpetuar el clima de
hostilidad entre Cuba y los Estados Unidos y negarle a la nación cubana el
derecho a la autodeterminación. Sus regulaciones son contrarias al Derecho
Internacional, a los principios de la Carta de las Naciones Unidas y a las
reglas establecidas por la Organización Mundial del Comercio. Esta normativa ha
suscitado el contundente rechazo de numerosos actores de la comunidad
internacional y de representantes de organismos internacionales.
El bloqueo
constituye una violación masiva, flagrante y sistemática de los derechos
humanos de todas las cubanas y cubanos. Por su declarado propósito y el
andamiaje político, legal y administrativo en el que se sustenta, estas
sanciones califican como acto de genocidio a tenor de la Convención para la
Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 y como un acto de guerra
económica según lo establecido en la Conferencia Naval de Londres de 1909.
En la actual
coyuntura, con más razón que nunca antes, se impone el reclamo al gobierno de
los EE.UU. de que cumpla con las 27 resoluciones adoptadas por la comunidad
internacional en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas y ponga
fin, sin condicionamiento alguno, a su política de bloqueo contra Cuba.
1. Continuidad y recrudecimiento de la política de
bloqueo
1.1 Vigencia
de las leyes del bloqueo
Las leyes y regulaciones
que sustentan la política del bloqueo se mantienen vigentes y son aplicadas con
estricto rigor por las agencias gubernamentales de los EE.UU., incluidos los
Departamentos del Tesoro y Comercio y en particular la Oficina para el Control
de los Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés).
Las
principales legislaciones del Congreso y disposiciones administrativas que
establecen la política del bloqueo son:
·
Ley de
Comercio con el Enemigo de 1917 (TWEA, por sus siglas en inglés): Su sección 5 (b) delegó en el máximo jefe del
Ejecutivo la posibilidad de aplicar sanciones económicas en tiempo de guerra o
en cualquier otro período de emergencia nacional y prohibió el comercio con el
enemigo o aliados del enemigo durante conflictos bélicos. En 1977, la Ley de
Poderes Económicos de Emergencia Internacional restringió las facultades del
Presidente para imponer nuevas sanciones aludiendo a situaciones de emergencia
nacional. Sin embargo, la TWEA continuó aplicándose para Cuba, aun cuando la
Casa Blanca nunca ha declarado una emergencia nacional con respecto a la Isla.
Desde entonces, los sucesivos presidentes estadounidenses han prorrogado la
aplicación de la TWEA para Cuba. Al amparo de esta legislación, la más antigua
de su tipo, se adoptaron las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos
(CACR, por sus siglas en inglés) en 1963, en virtud de las cuales se prohíbe a
nacionales estadounidenses o personas sujetas a la jurisdicción de los EE.UU.
realizar transacciones financieras con Cuba, se congelaron los activos cubanos
y se prohibió la importación de bienes de origen cubano a los EE.UU., entre
otras restricciones. Cuba es el único país para el cual está vigente esta
legislación. El 10 de septiembre de 2018, el presidente Trump renovó por un año
más las sanciones contra Cuba, en virtud de la TWEA.
·
Ley de
Asistencia Exterior (1961): Autorizó
al Presidente de los EE.UU. a establecer y mantener un “embargo” total al
comercio con Cuba y prohibió el otorgamiento de cualquier ayuda al gobierno
cubano. Establece además que los fondos del gobierno de los EE.UU. destinados a
la ayuda internacional y entregados a los organismos internacionales no podrán
ser utilizados para programas relacionados con Cuba; prohíbe conceder cualquier
asistencia prevista bajo esta ley o cualquier otro beneficio previsto en otra
ley a Cuba, hasta que el Presidente determine que Cuba ha realizado acciones
encaminadas a retornar a ciudadanos y empresas estadounidenses no menos del 50
% del valor o una justa compensación, de las propiedades nacionalizadas por el
gobierno cubano con posterioridad al triunfo de la Revolución.
·
Proclama
Presidencial 3447: Emitida el 3 de febrero de
1962 por el presidente John F. Kennedy, decretó el “embargo” total del comercio
entre los EE.UU. y Cuba, en cumplimiento de la sección 620 (a) de la Ley de
Asistencia Exterior.
·
Regulaciones
para el Control de Activos Cubanos del Departamento del Tesoro (1963):Estipularon el congelamiento de todos los activos cubanos
en los EE.UU.; la prohibición de todas las transacciones financieras y
comerciales a menos que fuesen aprobadas por una licencia; la prohibición de
exportaciones cubanas a los EE.UU.; la prohibición, a cualquier persona natural
o jurídica de los EE.UU. o terceros países, de realizar transacciones en
dólares estadounidenses con Cuba; entre otros.
·
Ley para la
Administración de las Exportaciones (1979): La Sección 2401 (b) (1) “Control de la Seguridad
Nacional. Política hacia determinados Estados”, establece la Lista de Control
del Comercio, en la cual el Presidente de los EE.UU. mantiene a un número de
países a los que se les podrán establecer controles de exportación especiales
por consideraciones de seguridad nacional. Cuba
está incluida en este listado.
·
Regulaciones
para la Administración de las Exportaciones (EAR por sus siglas en inglés,
1979):Establecen las bases de los
controles generales para artículos y actividades sujetas al control de las EAR,
en consonancia con las sanciones impuestas por el gobierno de los EE.UU.
Establecen una política general de negación a las exportaciones y
reexportaciones a Cuba.
·
Ley para la
Democracia Cubana o Ley Torricelli (1992): Prohíbe a las subsidiarias de compañías estadounidenses
en terceros países, comerciar bienes con Cuba o nacionales cubanos. Prohíbe a
los barcos de terceros países que toquen puerto cubano entrar a territorio
estadounidense en un plazo de 180 días, excepto aquellos que tengan licencia
del Secretario del Tesoro.
·
Ley para la
Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas o Ley Helms-Burton (1996): Codificó las disposiciones del bloqueo, ampliando
su alcance extraterritorial, mediante la imposición de sanciones a directivos
de empresas extranjeras que realicen transacciones con propiedades
estadounidenses nacionalizadas en Cuba y la posibilidad de demandas en
tribunales de EE.UU. Asimismo, limitó las prerrogativas del Presidente para
suspender el bloqueo, aunque establece que este conserva sus facultades para
autorizar transacciones con Cuba mediante la emisión de licencias.
·
Sección 211
de la Ley de Asignaciones Suplementarias y de Emergencia para el año fiscal
1999: Prohíbe el reconocimiento por
los tribunales estadounidenses de los derechos de empresas cubanas sobre marcas
asociadas a propiedades nacionalizadas.
·
Ley de
Reforma a las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones (2000): Autorizó la exportación de productos agrícolas a
Cuba, condicionada al pago en efectivo por adelantado y sin financiamiento de
EE.UU. Prohibió los viajes de estadounidenses con fines turísticos a Cuba, al
definir la “actividad turística” como cualquier actividad relacionada con
viajar hacia, desde o dentro de Cuba que no estuviese expresamente autorizada
en la sección 515.560 del Título 31 del Código de Regulaciones Federales. Es
decir, limitó los viajes a las 12 categorías autorizadas al momento en que se
promulgó esta legislación.
1.2
Principales medidas del bloqueo adoptadas a partir de junio de 2018
Durante el
último año, las relaciones entre Cuba y los EE.UU. han estado marcadas
por la política hostil promovida desde Washington contra La Habana. En este
contexto, se mantuvo la reducción impuesta por los EE.UU. al personal en ambas
Embajadas y se procedió al cierre de la Oficina Local de los Servicios de
Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. en Cuba, transfiriendo una parte de sus
servicios a México.
A su vez,
continuaron los mecanismos de persecución en la jurisdicción de terceros países
de las transacciones financieras cubanas con elevado efecto disuasivo desde el
punto de vista económico. La Oficina de Control de Activos Cubanos y otras
agencias de los EE.UU. impusieron multas a varias compañías de terceros países
por violar diferentes programas de sanciones, incluyendo las Regulaciones para
el Control de Activos Cubanos. Las mayores afectaciones derivadas de estas
sanciones se registraron en el sector bancario-financiero. Entre junio de 2018
y abril de 2019, el gobierno estadounidense impuso nueve sanciones a compañías
o bancos de terceros países, incluyendo de los propios EE.UU. El monto total de
estas penalidades ascendió a 3 751 millones 449 mil 017
dólares.
Las
afectaciones ocasionadas a entidades cubanas y a terceros debido al bloqueo se
han mantenido, confirmando la plena vigencia de esta política arbitraria y
violatoria del Derecho Internacional. A continuación, se exponen algunos
ejemplos:
El 19 de
julio de 2018, el fabricante de baterías de
Tesla, Panasonic, suspendió relaciones con su proveedor canadiense SHERRITT
INTERNATIONAL CORP por utilizar cobalto proveniente de Cuba. La decisión del
fabricante japonés se produjo luego de que pidiera orientación a la Oficina de
Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU.
sobre su interpretación del alcance de la prohibición estadounidense a las
importaciones de origen cubano.
El 9 de
agosto de 2018, se conoció que la agencia
bancaria PICHINCHA, en Ecuador, se negó a prestar sus servicios de pago a un
cliente que adquirió medicamentos cubanos. El Banco alegó que Cuba es parte de
los países identificados por la OFAC como gobiernos extranjeros terroristas,
narcotraficantes o criminales internacionales.
El 15 de
agosto de 2018, se conoció que el banco alemán
COMMERZBANK y la sucursal de UNICREDIT S.P.A. en Italia, bloquearon un envío de
7 mil 500 Euros a Argentina, realizado por la Asociación de Amistad
Euskadi-Cuba para apoyar un proyecto cubano de salud visual en ese país.
El 18 de
octubre de 2018, se conoció
que la sucursal en Nicaragua de la empresa bancaria estadounidense Banco
LAFISE, se negó a realizar varias transferencias de la empresa nicaragüense de
transporte terrestre de carga logística MULSEPROSA (Múltiples Servicios
Profesionales S.A), requeridas para garantizar el pago del stand durante la
feria comercial FIHAV 2018 y realizar la reserva en el Hotel Parque Central en
el que se alojarían durante su estancia en Cuba. Esta situación provocó que
MULSEPROSA no participara en FIHAV 2018. Las razones para no realizar las
transacciones se debieron a instrucciones del presidente del Banco, quien acató
indicaciones de los EE.UU.
El 14 de
noviembre de 2018, el Departamento de Estado de los
EE.UU. actualizó la Lista de Entidades Cubanas Restringidas, con la adición de
26 empresas y subentidades con las cuales los ciudadanos estadounidenses no
pueden realizar transacciones financieras directas. La mayoría de las nuevas
entidades fueron hoteles y empresas del sector del turismo.
El 21 de
noviembre de 2018, se conoció
que la compañía británica Adler Manufacturing Limited (ADLER), dedicada a
promocionar empresas y negocios en Reino Unido a través de productos con
impresiones, informó a la oficina de turismo de la Embajada de Cuba en ese
país, la cancelación de una orden hecha el 25 de septiembre del mismo año.
ADLER explicó que su nueva empresa transportista era la multibillonaria
compañía estadounidense UPS (United Postal Service of America), razón por la
cual no podía mantener los vínculos con Cuba.
El 14 de
febrero de 2019, la Oficina
de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE.UU. impuso
una sanción de 5 millones 512 mil 564 dólares a la empresa APPLICHEM GMBH, con
sede en Darmstadt, Alemania, por 304 aparentes violaciones de las Regulaciones
para el Control de Activos Cubanos. APPLICHEM GMBH, entidad que fabrica
sustancias de laboratorio y productos químicos para uso industrial y opera como
subsidiaria de la estadounidense ILLINOIS TOOL WORKS INC., vendió sus productos
a Cuba entre mayo de 2012 y febrero de 2016 en violación de las leyes del
bloqueo, de acuerdo a lo indicado por la OFAC.
El 25 de
febrero de 2019, una
delegación cubana integrada por representantes de la Empresa de Tecnologías de
la Información y Servicios Telemáticos Avanzados (CITMATEL), la Universidad de
las Ciencias Informáticas (UCI), la Empresa Nacional de Software (DESOFT), la
Empresa de Telecomunicaciones Móviles (MOVITEL), la Sociedad Cubana para las
Telecomunicaciones (CUBATEL) y la Cámara de Comercio como coordinadora, quedó
excluida del Mobile World Congress 2019, celebrado en Barcelona. Este evento es
considerado uno de los más importantes a nivel mundial en telefonía móvil y lo
organiza una asociación de operadores móviles denominada GSMA, regida o con
intereses de EE.UU., y de la cual Cuba es miembro a través de su Ministerio de
Comunicaciones. Al intentarse la acreditación online de la
delegación cubana, apareció la advertencia de que Cuba, Siria e Irán tenían el
acceso prohibido por regulaciones del gobierno de los EE.UU.
El 11 de
marzo de 2019, el Departamento de Estado de
EE.UU. anunció la incorporación de 4 nuevas sub-entidades (Gaviota Hoteles
Cuba, Hoteles Habaguanex, Hoteles Playa Gaviota, Marinas Gaviota Cuba) y una
entidad perteneciente a Gaviota (Fiesta Club Adults Only, de Blau Marina
Varadero) a la Lista de Entidades Cubanas Restringidas, que entró en vigor
el 12 de marzo de 2019.
El 5 de
abril de 2019, la Oficina para el Control de
Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU., incluyó en su
lista de sancionados a 34 embarcaciones propiedad de la petrolera venezolana
PDVSA, así como a otras dos compañías extranjeras (BALLITO SHIPPING
INCORPORATED, con sede en Liberia y PROPER IN MANAGEMENT INCORPORATED, con base
en Grecia), alegando que prestan servicio a Venezuela para el envío de crudo a
Cuba. De acuerdo con el Departamento del Tesoro, las sanciones
incluyen la congelación de los activos financieros que puedan tener bajo
jurisdicción estadounidense y la prohibición de transacciones financieras con
las entidades y embarcaciones incluidas en el listado.
El 11 de
abril de 2019, la Oficina para el Control de
Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU., impuso una
sanción a ACTEON GROUP LTD. (ACTEON) y a su subsidiaria 2H Offshore, ambas con
sede en Inglaterra, por violaciones de las Regulaciones para el Control
de Activos Cubanos. El monto a pagar por las compañías es de 227 mil 500 dólares.
ACTEON debe pagar otros 213 mil 866 dólares por violaciones adicionales a las
leyes del bloqueo contra Cuba.
El 17 de
abril de 2019, el secretario de Estado de
EE.UU., Mike Pompeo, anunció que a partir del 2 de mayo se permitirían bajo el
Título III de la Ley Helms-Burton, demandas en los tribunales de los
estadounidenses contra personas naturales o jurídicas que “trafiquen” con
propiedades nacionalizadas por el gobierno cubano a inicios de la Revolución.
En esa misma fecha, el asesor de Seguridad Nacional, John Bolton, anunció
medidas adicionales contra Cuba destinadas a limitar las remesas provenientes
de EE.UU., restringir aún más los viajes por razones no familiares a Cuba y
poner fin al uso de las transacciones financieras U-Turn, las cuales permiten a
los cubanos realizar transferencias internacionales. Con la intención de
presionar a las compañías de terceros países, intimidarlas y forzar su salida
de Cuba, Bolton advirtió que en lo adelante se aplicaría de manera más rigurosa
el Título IV de la Ley Helms-Burton, que prohíbe la entrada a los EE.UU. de
ejecutivos y sus familiares, así como de dueños de entidades que “trafiquen”
con las propiedades nacionalizadas.
El 23 de
abril de 2019, el Departamento de Estado de
EE.UU. anunció una nueva actualización de la Lista de Entidades Cubanas
Restringidas, con la incorporación de otras 5 entidades (Aerogaviota, Hotel
Santa Isabel, Diving Center-Marina Varadero, Meliá Marina Varadero Apartamentos
y Hotel El Caney Varadero), que entró en vigor el 24 de abril del propio año,
lo que constituyó la tercera actualización del arbitrario listado desde su
concepción en noviembre de 2017.
En el mes de mayo de 2019, la Asociación Internacional
del Transporte Aéreo (IATA) canceló el acceso de la agencia de viajes HAVANATUR
y la línea aérea Cubana de Aviación al mecanismo de pago y de reserva de
boletos aéreos (BSP), para las oficinas de esas entidades cubanas en México,
Francia e Italia, para lo que se aludió a las regulaciones del bloqueo. Esta
decisión implica una afectación financiera y operacional significativa para las
entidades cubanas.
El 4 de
junio de 2019, la Oficina para el Control de
Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro y el Buró de Industria y
Seguridad (BIS) del Departamento del Comercio de los Estados Unidos, anunciaron
que a partir del 5 de junio del propio año se eliminarían las licencias
generales para los viajes educativos grupales “pueblo a pueblo” y se aplicaría
una política de negación de licencias a las aeronaves no comerciales y
embarcaciones de pasajeros y recreativas en estancia temporal, lo que incluye
el arribo de cruceros a Cuba. La OFAC también dispuso que los viajeros
estadounidenses que lleguen a Cuba, bajo cualquiera de las 12 categorías
permitidas durante el gobierno de Barack Obama, no podrían realizar
transacciones financieras directas con empresas incluidas en la Lista de
Entidades Cubanas Restringidas. Estas medidas refuerzan aún más el bloqueo
contra Cuba y provocan grandes perjuicios al desarrollo económico del país, en
especial, al sector del turismo.
El 3 de
julio de 2019, la Oficina para el Control de
Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro incluyó a la empresa
CUBAMETALES en la Lista de Nacionales Especialmente Designados aduciendo el
involucramiento de la entidad cubana en la importación de petróleo proveniente
de Venezuela.
1.3
Aplicación de la Ley Helms-Burton
Desde su
entrada en vigor en 1996, la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democráticas
Cubanas (Ley Libertad), también conocida como Helms-Burton, codificó el bloqueo
contra Cuba y fortaleció su alcance extraterritorial. Además de perseguir la
imposición de un gobierno en Cuba subordinado directamente a los intereses de
Washington, esta legislación pretendió internacionalizar el bloqueo por medio
de medidas coercitivas contra terceros países, a fin de interrumpir sus
relaciones comerciales y de inversión con Cuba.
En enero de
2019, el Departamento de Estado de los EE.UU. comunicó su decisión de suspender
por solo 45 días la posibilidad de tomar acción judicial ante los tribunales
estadounidenses contra entidades que “traficaran” con propiedades
nacionalizadas por el gobierno revolucionario cubano en la década de 1960.
Suspensiones similares se realizaron los días 4 de marzo y 3 de abril del
presente año, mediante comunicados del Departamento de Estado, con un alto
componente amenazador, pretextos e informaciones para intentar
distorsionar la realidad.
La
posibilidad de demandar a los beneficiarios del supuesto “tráfico” había sido
suspendida consistentemente cada seis meses desde 1996 por todos los gobiernos
estadounidenses, demócratas y republicanos, incluido el del presidente Donald
Trump en sus dos primeros años de mandato. Sin embargo, las presiones de un
reducido grupo anticubano posicionado en puestos claves del actual gobierno y
ajeno a las posiciones de rechazo al bloqueo de amplios sectores en EE.UU. y el
mundo, condicionaron el fin de las suspensiones.
La
definición de “tráfico” concebida por la Ley es extremadamente amplia y abarca
actividades que van desde el traspaso, la distribución o repartición de una
propiedad nacionalizada, hasta su compra, recibimiento, inversión y
arrendamiento. En este sentido, las demandas al amparo del Título III
permitidas desde el mes de mayo, reforzaron la aplicación del bloqueo y de sus
efectos extraterritoriales.
Con el
propósito de asfixiar a la economía cubana y aumentar las carencias de la
población, la Ley Helms-Burton se concibió como un mecanismo de presiones
brutales e ilegales del gobierno de los EE.UU. no solo contra Cuba, también
contra terceros países, sus gobiernos y empresas. Sus pretensiones son
ilegítimas y contrarias al Derecho Internacional y a los principios y
propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, incluidas las reglas del sistema
multilateral de comercio.
El Título
III de la Ley Helms-Burton, con la aparente pretensión de exigir indemnización
o permitir reclamaciones sobre propiedades “norteamericanas” nacionalizadas en
Cuba, se proyecta en realidad contra la inversión extranjera y el desarrollo
económico de la Isla.
La decisión
del Departamento de Estado de los EE.UU. del 17 de abril de 2019 de permitir
las acciones legales concebidas por el Título III, desconoció la posición de
miembros del Congreso -incluyendo Republicanos-, el sector empresarial,
organizaciones diversas y la opinión pública estadounidense que apoyan
relaciones económicas y comerciales de beneficio mutuo con Cuba. El
comportamiento del actual gobierno de los EE.UU. constituye una afrenta a la
comunidad internacional que por 27 años consecutivos ha condenado, casi por
unanimidad, el bloqueo de los EE.UU. contra Cuba, incluida la Ley Helms-Burton.
Desconoce sucesivas resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
y las declaraciones de las Cumbres de Jefes de Estado y/o Gobierno de la
Unión Europea-América Latina y el Caribe, de la Unión Africana, de la Comunidad
de Estados de América Latina y el Caribe (CELAC), del Grupo de los 77 más China
y del Movimiento de Países No Alineados, entre otras organizaciones, que han
exigido el fin del bloqueo a Cuba.
Dicha
decisión, como se establece en el Título III de la Ley Helms-Burton, abrió la
posibilidad de iniciar acciones judiciales no sólo a personas que eran
ciudadanos estadounidenses el momento de la nacionalización. Reconoce iguales
derechos a cualquier persona que hoy sea estadounidense, incluidos personeros o
testaferros de la dictadura batistiana que gobernó Cuba hasta el año 1959, ya
fueran asesinos y torturadores al servicio del régimen batistiano o ladrones y
estafadores del erario público y otros recursos del pueblo cubano.
Desde la puesta
en marcha de esta decisión, las actividades económicas de Cuba se han visto
fuertemente impactadas, en particular las relacionadas con operaciones de
comercio exterior y las inversiones extranjeras. Se perciben efectos disuasivos
e intimidatorios, lo que unido al temor que generan las restantes regulaciones
y leyes del bloqueo, obstaculiza el desarrollo de los vínculos comerciales de
Cuba con el mundo. Ningún ciudadano o sector de la economía cubana escapan de
las afectaciones derivadas de esta política unilateral, la cual entorpece el
desarrollo que cualquier país tiene derecho a construir de manera soberana.
Hasta la
fecha de elaboración de este informe, se han registrado ejemplos concretos de
la aplicación de este título de la Ley Helms-Burton, que se relacionan a
continuación:
·
El 2 de mayo
de 2019, Havana Docks Corporation
presentó una demanda contra la compañía de cruceros Carnival ante la Corte para
el Distrito Sur de Florida (Miami), alegando “tráfico” con la Terminal de
Cruceros de La Habana.
·
El 2 de mayo
de 2019, Javier García Bengochea
presentó otra demanda contra la compañía de cruceros Carnival ante la Corte
para el Distrito Sur de Florida (Miami). La queja alega que Carnival “trafica”
con el Puerto de Santiago de Cuba, propiedad reclamada por
Bengochea.
·
El 2 de mayo
de 2019, la compañía estadounidense
ExxonMobil presentó una demanda contra las entidades cubanas CUPET y CIMEX ante
la Corte de Distrito de Columbia. En su escrito, ExxonMobil afirmó no haber
autorizado a las empresas cubanas a refinar el petróleo crudo, producir,
transportar, poner a la venta o participar en ninguna actividad comercial
relacionada con productos derivados del petróleo desde terrenos que fueron de
su propiedad.
·
El 21 de
mayo de 2019, Marisela Mata y Bibiana Hernández
interpusieron en el Tribunal de Distrito Sur de Florida una demanda en virtud
del Capítulo III de la Helms-Burton contra cuatro entidades cubanas por la
realización de actividades con fines de lucro (“trafficking”, en inglés)
en el Hotel San Carlos, en Cienfuegos. Las empresas demandadas son Grupo
Hotelero Gran Caribe, S.A.; Corporación de Comercio y Turismo Internacional
CUBANACAN S.A.; Grupo de Turismo de Gaviota S.A. y Corporación CIMEX S.A
·
El 18 de
junio de 2019, se presentó ante
la Corte Federal para el Distrito Sur de Florida una demanda por daños
mediante una “acción de clase” por Marisela Mata y Bibiana
Hernández contra el Grupo Hotelero alemán Trivago. La demanda argumenta que
Trivago ha proporcionado servicios de Internet para el hotel Meliá San Carlos
en Cienfuegos y que esta acción constituye “tráfico” según título III de la Ley
Helms Burton.
·
El 24 de
junio de 2019, se presentaron
ante la Corte Federal para el Distrito Sur de Florida 4 demandas amparadas en
el título III de la ley Helms Burton. Las demandas fueron presentadas contra
las entidades cubanas Gran Caribe, CUBANACAN S.A., Grupo de Turismo
Gaviota S.A y las extrajeras Trivago (Alemania) y Booking.com (Holanda). Los
demandantes alegan ser dueños originales de Cayo Coco y Varadero.
La Ley
80 de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas, aprobada por la
Asamblea Nacional del Poder Popular en diciembre de 1996, establece que la
normativa estadounidense es inaplicable y no tiene valor ni efecto jurídico
alguno en el territorio nacional cubano. Reafirma la disposición del gobierno
de Cuba de buscar una adecuada y justa compensación por los bienes expropiados
a las personas naturales y jurídicas que en ese momento ostentaban la
ciudadanía o nacionalidad de los Estados Unidos. Además, ofrece garantías
totales a los inversionistas extranjeros en Cuba, en tanto su artículo 5
establece que el gobierno estará capacitado para adoptar “las disposiciones,
medidas y facilidades adicionales que resulten necesarias para la total protección
de las actuales y potenciales inversiones extranjeras en Cuba y la defensa de
los legítimos intereses de estas frente a las acciones que pudieran derivarse
de la Ley Helms-Burton”.
Conjuntamente,
la Constitución de la República dispone que “el Estado promueve y brinda
garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el
desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional
de los recursos humanos y naturales, así como del respeto a la soberanía e
independencia nacionales”.
La grave
naturaleza extraterritorial y el inaceptable precedente de violación al Derecho
Internacional que la Ley Helms-Burton plantea, en particular su Título III,
determinaron que varios países o agrupaciones de países hayan adoptado leyes u
otras disposiciones como antídotos para la protección de sus ciudadanos y
entidades.
2. El bloqueo viola los derechos del pueblo cubano
2.1
Afectaciones en los sectores de mayor impacto social
Desde el
inicio de la aplicación del bloqueo contra Cuba, los sectores de la salud y la
alimentación han sido objetivos priorizados de las agresiones de los gobiernos
estadounidenses. Las maniobras dirigidas a promover el hambre y las
enfermedades en el pueblo cubano y, con ello, socavar el apoyo a la Revolución,
han figurado de manera constante en los planes y programas de la guerra
sucia contra Cuba.
A pesar de
la estrategia destructiva del gobierno de los EE.UU., gracias a la política
humanista de la Revolución Cubana se han alcanzado resultados en el ámbito
social comparables con los de los países desarrollados. El sector de la salud,
por ejemplo, ha permanecido invariablemente entre las prioridades de la
Revolución. Tanto en la Constitución de 1976 como en la vigente, asegurar el
estado de bienestar del pueblo ha sido representado como un deber insoslayable.
La Constitución actual, en su artículo 72, consagra la salud pública como “un
derecho de todas las personas” y establece la responsabilidad del Estado
de garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de
atención, protección y recuperación”.
No
obstante, los daños provocados por las sanciones contra Cuba en el
ámbito de la salud son incuestionables. Esta política hostil entorpece la
adquisición de tecnologías, materias primas, reactivos, medios de diagnóstico,
equipos y piezas de repuesto, así como medicamentos para el tratamiento de
enfermedades graves, como el cáncer. Estos insumos deben obtenerse en mercados
lejanos, en muchas ocasiones, mediante intermediarios, lo que impone el incremento
de sus precios.
No contar
con el medicamento o la tecnología idónea para la atención de una enfermedad ha
resultado, en algunos casos, un impedimento para salvar una vida. Los
familiares del paciente JCHC, con número de historia clínica 68100309926 del
Hospital Clínico Quirúrgico “Hermanos Ameijeiras”, fallecido el 15 de junio de
2018 a causa de una miocardiopatía espongiforme con insuficiencia cardiaca
terminal, no podrán perdonar jamás que de haber contado con el apoyo
circulatorio del dispositivo IMPELLA, producido por la compañía estadounidense
ABIOMED, JCHC podría haber conservado su vida. Debido a las restricciones del
bloqueo contra Cuba, la mencionada compañía no ha accedido a las reiteradas
solicitudes de comprar ese equipo especializado para la asistencia circulatoria
a pacientes en shock cardiogénico e insuficiencia cardiaca terminal.
Entre abril
de 2018 a marzo de 2019, el daño al sector de la salud cubano ascendió a 104
millones 148 mil 178 dólares, cifra que supera en 6 millones 123 mil 498
dólares a la del año anterior.
En el
período analizado, la empresa importadora y exportadora cubana de productos
médicos MEDICUBA S.A., realizó solicitudes a 57 compañías estadounidenses en
aras de adquirir insumos necesarios para nuestro sistema de salud. Hasta la
fecha, 50 de estas empresas no han respondido y otras 3 han alegado que, debido
a las regulaciones del bloqueo, no están autorizadas a vender a Cuba ningún
medicamento o equipo. Entre las solicitudes realizadas por MEDICUBA, se
encuentran las siguientes:
·
Se contactó con la empresa
estadounidense PROMEGA CORPORATION, fabricante de enzimas y otros
productos para biotecnología y biología molecular, con el objetivo de comprar
reactivos e insumos utilizados en el diagnóstico de enfermedades genéticas. El
16 de enero de 2019, dicho proveedor comunicó que “el Departamento del Tesoro
de los EE.UU. aplica sanciones comerciales que prohíben que las industrias con
sede en ese país vendan productos y proporcionen tecnología y/o servicios a
Cuba”.
·
Se contactó con la compañía
estadounidense BRUKER, para la compra del espectrofotómetro, equipo
utilizado en los laboratorios para la cuantificación de sustancias y
microorganismos. Ante la solicitud, respondieron que, hasta el día de
hoy, no tienen posibilidad de hacer negocios con Cuba.
·
Se contactó con la compañía
estadounidense STRYKER para la compra de endoprótesis extensibles, utilizadas
en el tratamiento quirúrgico conservador o de salvamento de miembros superiores
e inferiores, respondiendo a una necesidad del Instituto Nacional de Oncología
y Radiobiología (INOR). Sin embargo, hasta el momento, no se ha recibido
respuesta de la compañía. Ante la imposibilidad de obtener estas prótesis, las
cuales desde el punto de vista funcional tienen una mayor calidad, el INOR ha
tenido que recurrir a las próstesis fijas en pacientes que requieren las
extensibles.
·
Se contactó con varias empresas
estadounidenses para la compra de fármacos novedosos en el tratamiento del
cáncer. Sin embargo, hasta el momento, no se ha obtenido respuesta. Algunos
ejemplos:
FARMACÉUTICA
PFIZER INC.: se le solicitó el medicamento Crizotinib, empleado para el
tratamiento del cáncer de pulmón, el Palbociclib, utilizado para el tratamiento
del cáncer de mama metastásico hormonosensible y el Sunitinib, único
medicamento eficaz existente en el mundo para el tratamiento del cáncer renal
avanzado o con metástasis. En el Hospital “Hermanos Ameijeiras”, se
diagnostican como promedio 20 casos anuales con cáncer renal avanzado, los
cuales están privados de recibir la opción terapéutica más efectiva.
FARMACÉUTICA
BRISTOL-MYERS SQUIBB: se le solicitó el Anticuerpo Anti PD-1 para el
tratamiento del melanoma metastásico, cáncer de pulmón, linfoma de Hodgkin y
otros.
GENOMIC
HEALTHS: se le solicitó el Oncotype DX Test Cáncer de Mama, prueba diagnóstica
que permite identificar el riesgo de recaída en pacientes con cáncer de mama
temprano y el Oncotype DX Test Cáncer de Colon, prueba diagnóstica que permite
identificar el riesgo de recaída en pacientes con cáncer de colon en las etapas
II y III.
·
Se le solicitó a la empresa
estadounidense BOSTON SCIENTIFIC la prótesis valvular aórtica percutánea,
método de implante mínimamente invasivo con el cual se beneficiarían anualmente
alrededor de 60 pacientes de edad superior a 70 años que padecen de
valvulopatía aórtica de origen degenerativo. La adquisición de este implemento
contribuiría a disminuir el número de fallecidos en Cuba, donde la primera
causa de muerte son las enfermedades cardiovasculares. Sin embargo, dicha
compañía, líder a nivel mundial en la producción de estas válvulas, no ha
respondido a nuestra solicitud.
·
Se contactó con la empresa
estadounidense ZIMMER BIOMET para la compra de prótesis de cadera, rodilla y
dentales. Sin embargo, la compañía respondió que, debido al bloqueo, no están
autorizados a establecer negocios con Cuba.
Otros
ejemplos que demuestran los daños ocasionados por el bloqueo en la esfera de la
salud durante el período que comprende este informe son:
·
El 20 de noviembre de 2018, la
empresa alemana Isotrak USA Eckert & Ziegler Reference & Calibration,
se negó a suministrar a MEDICUBA una fuente radioactiva inicialmente
contratada, necesaria para realizar el control de calidad de radionucleótidos
en el diagnóstico del cáncer. La compañía refirió no estar dispuesta a realizar
negocios con Cuba, como resultado de las restricciones de los EE.UU. contra la
Isla.
·
El 26 de febrero de 2019, varios
proveedores informaron a MEDICUBA que no podían entregar los ventiladores pulmonares
contratados, debido a que los fabricantes IMT MEDICAL AG y ACUTRONIC, habían
sido comprados por Vyaire Medical Inc, compañía con sede en Illinois, EE.UU.
Los ventiladores pulmonares son de alta importancia para el sistema de salud
cubano, en tanto se utilizan para asistir mecánicamente a los pacientes cuando
la ventilación
pulmonarespontánea compromete la
vida.
·
El Instituto de Medicina
Tropical “Pedro Kourí” (IPK) recibió una negativa por parte de la
Federación de Universidades para el Bienestar Animal ante la solicitud de
acceder a los fondos para proyectos que ofrece esta institución inglesa. La
Federación expresó que, debido a las sanciones impuestas contra Cuba por los
EE.UU., no pueden realizar transacciones financieras a la Isla.
·
En el periodo analizado,
profesionales de la salud cubana no pudieron participar en reuniones, eventos
científicos e intercambios académicos celebrados en los EE.UU. Esto se debió a
que las solicitudes de visa de los médicos cubanos fueron negadas o emitidas
con posterioridad a la fecha de los eventos.
El Artículo
77 de la Constitución cubana establece que “todas las personas tienen derecho a
la alimentación sana y adecuada. El Estado crea las condiciones para fortalecer
la seguridad alimentaria de toda la población”.
De acuerdo
con el Informe sobre la Política Alimentaria Mundial de 2018, Cuba es uno de
los 14 primeros países que han logrado reducir el índice del hambre y la
desnutrición de manera sostenida por varios años. Además, Cuba se encuentra
entre las naciones que más han avanzado en sus políticas alimentarias con
igualdad y están más cercanas a alcanzar las metas incluidas en el segundo
objetivo de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030.
A pesar de
los cuantiosos recursos y esfuerzos que el Estado cubano destina a la
rama de la alimentación y la agricultura, las consecuencias del bloqueo no
son ajenas a este sector, en el cual se registraron afectaciones que ascienden
a 412 millones 230 mil 614 dólares.
Las empresas
encargadas de la elaboración de los productos alimenticios en el país importan
aproximadamente el 70 % de sus materias primas desde diferentes mercados, entre
los que se encuentran España, Brasil, Argentina, Italia, Canadá, India,
República Dominicana y México. Hasta la fecha, el bloqueo ha imposibilitado
realizar las compras en el mercado estadounidense, el cual resulta muy
atractivo por sus precios y cercanía, además de contar con ofertas variadas de materias
primas, materiales y equipamientos necesarios para modernizar las líneas de
producción.
Las
afectaciones provocadas por el bloqueo en el sector de la alimentación se
derivan también de la imposibilidad de colocar los productos cubanos en
el mercado estadounidense. La empresa Ron Havana Club, una de las más
prestigiosas del mundo en la producción de bebidas espirituosas, dejó de
percibir 41 millones 360 mil dólares por este concepto.
La educación,
el deporte y la cultura también se cuentan entre los sectores de mayor
sensibilidad severamente impactados por la aplicación del bloqueo.
El Artículo
73 de la Constitución de la República de Cuba, consagra el derecho
inalienable de los cubanos a la educación. Para garantizar este derecho, el
Estado invierte el 23,7 % de su gasto presupuestario en este sector.
Los logros
alcanzados por la Revolución Cubana en la esfera de la educación y su
contribución a otros pueblos del mundo son reconocidos a nivel internacional.
El análisis preliminar de las metas contenidas en el Objetivo 4 de la Agenda
2030, demostró que todas habían sido cumplidas por nuestro país. Sin embargo, a
pesar de los esfuerzos realizados por el Estado, la calidad de los servicios
educativos se ha visto afectada debido a las regulaciones impuestas por el
bloqueo económico, comercial y financiero del gobierno de los
EE.UU.
Las
principales afectaciones reportadas en este ámbito están determinadas por el
pago de tarifas aumentadas por concepto de flete para la transportación de los
productos adquiridos en mercados lejanos, el acceso limitado a información
científica y a herramientas informáticas necesarias para la producción de
multimedias educativas, así como por los obstáculos para recibir los pagos por
los servicios profesionales que se ofrecen en el extranjero.
Algunos
ejemplos de las afectaciones registradas en el sector de la educación en el
período analizado son:
·
La Universidad de Sancti
Spíritus no pudo adquirir 20 máquinas de escribir SMART BRAILLER y los
aditamentos auditivos de la compañía PERKINS, los cuales resultan necesarios
para la formación de los estudiantes de la carrera de Educación Especial en
pregrado y posgrado. Ambas tecnologías son de fabricación estadounidense.
A pesar de que el tratamiento de personas con necesidades especiales constituye
una prioridad para el gobierno cubano, como resultado de las restricciones
impuestas por el bloqueo las personas con discapacidad ven limitado su
acceso a muchos equipos que mejorarían su calidad de vida y potenciarían su
inclusión y participación social.
·
En el período, se
efectuaron dos conferencias Internacionales (Webminar) de la Red
Erasmus + RIESAL para la capacitación de especialistas que laboran en el
desarrollo de procesos de internacionalización de la educación superior. Sin embargo,
debido a las regulaciones del bloqueo, los funcionarios cubanos no pudieron
participar en estos eventos online, por no permitírseles el acceso a la página
web https://riesal.adobeconnect.com/defaulteventtemplate/.
·
El 23 de enero de 2019, el banco
Société General de París retuvo una transferencia bancaria con saldo de 7 mil
474 Euros, que tenía como destino a Cuba, para el pago de los servicios
profesionales de profesores cubanos que se encuentran en Guinea
Ecuatorial.
·
Fueron cancelados los tres
programas educativos que habían sido planificados para inicios del año 2019 por
la Universidad de Ciencias Pedagógicas “Enrique José Varona” y tres
universidades de los EE.UU. (Minnesota, CUNY y Movimientos Sociales de
Chicago). La Universidad pedagógica dejó de ingresar 11 mil dólares por este
concepto.
Una de las
mayores conquistas de la Revolución cubana ha sido el desarrollo del
deporte. En el Artículo 74 de la Carta Magna, se establece que “las
personas tienen derecho a la educación física, al deporte y a la recreación
como elementos esenciales de su calidad de vida”. A pesar de los esfuerzos
realizados por el Estado y Gobierno cubanos para la potenciación de la
actividad deportiva, este sector no ha estado exento de los daños ocasionados
por la política de bloqueo de los EE.UU.
Algunos de
los ejemplos más significativos del período son:
·
Cuba ha visto limitada la
adquisición de implementos deportivos de uso obligatorio, de acuerdo a los
reglamentos oficiales de las federaciones internacionales, al ser producidos
por compañías estadounidenses como LOUISVILLE, WILSON, XBAT, RAWLINGS y EASTON.
Para realizar las compras, se ha tenido que acudir a terceros países, con un
considerable incremento en los precios de los productos. Si Cuba pudiera
acceder directamente a las ofertas del mercado estadounidense, esos productos
se podrían adquirir aproximadamente un 30 por ciento más baratos.
·
La edición No. 22 de la Carrera
en honor a Terry Fox no pudo realizarse este año, al recibirse una comunicación
de la directora de esta Fundación Internacional en la que informó la
imposibilidad de ayudar en la organización del evento y de continuar apoyando a
nuestro país en las investigaciones contra el cáncer. En consecuencia, la
Fundación tampoco transfirió al Instituto Nacional de Oncología y Radiología
los fondos previstos para el desarrollo del proyecto “Evaluación antitumoral de
la quimioterapia e inmunoterapia combinada en modelos experimentales de cáncer”,
que debería concluir este año.
·
La
Confederación de Béisbol del Caribe no ha logrado establecer un acuerdo con el
gobierno de los EE. UU para crear una vía legal que le permita abonar los
premios a nuestro país. El equipo de
Cuba que participó en la Serie del Caribe de Béisbol, celebrada en Panamá del 4
al 10 de febrero del 2019, no pudo cobrar su premio en metálico de 72 mil
dólares, por obtener el segundo lugar en dicho evento. Lo mismo ocurrió con
varios atletas cubanos que no pudieron recibir su premio de 5 mil dólares por
jugador.
·
La persecución financiera que
impone el gobierno estadounidense contra entidades bancarias en terceros
países, ha imposibilitado el cobro de servicios prestados por CUBADEPORTES,
tanto en la exportación de asistencia técnica, como en la comercialización de
actividades en Cuba.
El
desarrollo de la cultura en todas sus manifestaciones es una prioridad para el Estado Cubano. La actual
Constitución de la República, en su Artículo 79, establece que “todas las
personas tienen derecho a participar en la vida cultural y artística de la
nación”. Sin embargo, este sector continúa siendo uno de los más
afectados por la aplicación de la política de bloqueo de los EE.UU. contra
Cuba.
Algunas de
las afectaciones registradas en el sector de la cultura durante el período
son:
·
De 37 unidades artísticas que
pudieron haber promocionado su trabajo en el territorio de los EE.UU., solo 24
obtuvieron el permiso de entrada a este país, lo que denota un decrecimiento en
13 proyectos con respecto al año anterior. No obstante, se debe destacar el
positivo impacto promocional que tuvo el Festival de Artes de Cuba realizado en
el Kennedy Center de Washington, que contó con la presencia de 104
músicos.
·
A pesar de que varias compañías
estadounidenses han manifestado su interés en negociar con la agencia BIS
MUSIC, por temor a las restricciones del bloqueo se han negado a enviar su
documentación legal para efectuar los contratos correspondientes. Como consecuencia,
se han registrado pérdidas de más de 100 mil dólares por este concepto.
·
Varias agencias de Colombia,
Perú y Francia desestimaron acciones de negocios concertadas con la Empresa de
Grabaciones y Ediciones Musicales (EGREM), por temor a no poder realizar
transferencias a Cuba como pago por los servicios. Por este concepto, se
dejaron de ingresar aproximadamente 200 mil dólares.
·
Empresarios que tradicionalmente
realizaron los trabajos de promoción de agrupaciones del catálogo de la EGREM
en el mercado de los EE.UU. y otros países, se negaron a continuar sus labores
en 2018, debido al endurecimiento de las medidas del bloqueo.
·
Como resultado del
recrudecimiento de esta política, se impidió la celebración del Tercer
Encuentro de editores, distribuidores y agentes literarios de Cuba y los
EE.UU., previsto a realizarse en Cuba durante la Feria Internacional del Libro
2019. También se imposibilitó la participación de Cuba en exposiciones, eventos
editoriales y literarios, así como en ferias del Libro de los EE.UU.
·
El bloqueo impacta severamente
la Enseñanza Artística Profesional (elemental, media y superior) al imponer
limitaciones para la adquisición de los insumos necesarios, como los
instrumentos de música y los accesorios para las artes plásticas, el ballet y
la danza. A pesar de ello, el Estado cubano no le niega la participación
gratuita en esta enseñanza a ningún niño con aptitud y vocación, lo que
representa un extraordinario esfuerzo, si se tiene en cuenta que el costo de la
educación básica de un alumno en un año académico de cualquier manifestación
del arte oscila entre los 15 y 16 mil dólares. Por ejemplo, como
promedio, se abonan 17 mil 610 dólares para garantizar que cada alumno de
ballet tenga un leotard en el curso. Si se pudiera acceder al mercado
estadounidense para la compra de este vestuario, Cuba se ahorraría más de la
mitad del monto abonado para la adquisición del leotard en otros mercados.
2.2
Afectaciones al desarrollo económico
El bloqueo
continúa siendo el obstáculo fundamental para la implementación tanto del Plan
de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030, como de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. En el período analizado, los
perjuicios ocasionados por el bloqueo en los sectores de la producción y los
servicios se cuantificaron en 79 millones de dólares, lo que representa un
incremento del 28 % en relación con la etapa anterior.
Transformar
el costo del bloqueo en capacidad de pago del país permitiría en el mediano
plazo disponer de una fuente de financiamiento oficial, sustantiva y sostenida,
que otorgaría mayor dinamismo a los programas inversionistas vinculados a los
sectores estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta
el 2030. De esta forma, se acortarían los plazos para lograr los
objetivos planteados para el año 2030. En menos de un quinquenio se revertiría
significativamente la situación de la infraestructura del país, asegurando, por
ejemplo, la transformación de la matriz energética nacional con un por ciento de
participación de las fuentes de energía renovable superior a 24.
En términos
financieros, disponer de ese monto de dinero permitiría revertir
favorablemente, tanto desde el punto de vista cualitativo como cuantitativo, la
exposición financiera del país al exterior, consolidando la confianza de los
inversionistas y acreedores externos e incrementando sustancialmente la
capacidad de acceder a los mercados financieros y de capitales.
La Industria
Biofarmacéutica, uno de los sectores
estratégicos de la economía del país, es afectada cada año con pérdidas
económicas millonarias en la investigación, el desarrollo, la producción y la
comercialización de sus productos, como consecuencia del bloqueo. Las medidas
estadounidenses contra Cuba, no solo limitan el intercambio académico y
científico, sino que privan al pueblo de los EE.UU. de recibir los beneficios
de productos biotecnológicos y farmacéuticos desarrollados en Cuba, que son
novedosos y prometedores para la salud humana.
Algunos
ejemplos de las afectaciones provocadas por el bloqueo en este sector son:
·
El Centro de Ingeniería Genética
y Biotecnología (CIGB), reporta ingresos dejados de percibir por la no
exportación a los EE.UU. del medicamento Heberprot-P, único de su tipo en el
mundo para el tratamiento de la úlcera del pie diabético (UPD). Bajo la
hipótesis de que solo el 5 por ciento de los pacientes estadounidenses que al
año desarrollan una UPD compleja utilicen este medicamento, el valor exportado
hacia este país hubiese ascendido en el año 2018 a unos 103 millones de
dólares.
·
La empresa
Importadora-Exportadora FARMACUBA, reportó la existencia de dificultades en la
obtención de materias primas para la elaboración de los medicamentos como
resultado del bloqueo contra Cuba. Entre el 1ero de abril de 2018 y el 31 de
marzo de 2019, en la empresa productora de medicamentos “8 de Marzo” se
produjeron interrupciones en el proceso productivo, ante la imposibilidad de
adquirir la materia prima con la periodicidad requerida. Se dejaron de producir
aproximadamente 2 mil unidades de suspensión oral y 61 mil 184
cápsulas.
·
Un fabricante de medicamentos de
un país asiático, informó no poder embarcar la Fenitoina inyectable 250mg/5ml
con destino Cuba, debido a que los bancos de dicho país rechazaron la
tramitación de cualquier documentación relacionada con la Isla, por temor a ser
sancionados por los EE.UU. Esta situación conllevó a buscar otro proveedor en
América Latina en condiciones menos favorables.
La Empresa
Laboratorio Farmacéutico Oriente de BIOCUBAFARMA reportó las afectaciones
siguientes:
·
Afectación de la materia
prima “Vitamina A” para la producción del complejo vitamínico Nutriforte:
El Banco de la firma suministradora se negó a recibir el pago correspondiente
de Cuba, lo que obligó al país a pagar una mayor cantidad de dinero a través de
terceros. Como consecuencia, se afectó la producción en 78 millones
694 mil 200 tabletas.
·
Afectación en la producción
de sueros parenterales de gran volumen por falta de material de envase: Se
contrató al proveedor colombiano PROENFAR para la compra de estos
insumos. No obstante, al tener un accionista estadounidense, no se pudo
concretar la operación, afectando la producción de 1 millón 995 mil 300 bolsas
de suero.
·
Afectación de la entrega de foil
aluminio impreso para Nicotinamida en el mes de marzo de 2019 y posible
afectación en los meses de septiembre y octubre para los productos
Dipirona y Alprazolam: El proveedor DEVEXPORT fue comprado por un nuevo
fabricante que se niega a vender foil de aluminio impreso a Cuba, debido a las
regulaciones del bloqueo.
Las medidas
anunciadas por el Presidente Donald Trump contra Cuba a partir de 2017
continúan aplicándose con todo rigor y afectan de manera importante al turismo,
uno de los sectores estratégicos en el desarrollo económico y social de nuestro
país. No obstante, en el mes de agosto de 2018, el Departamento de Estado de
los EE.UU. disminuyó la alerta de peligrosidad de los viajes a Cuba, del nivel
3 (reconsiderar el viaje) al nivel 2 (ejercitar medidas de mayor precaución).
Desde abril
de 2018 hasta marzo de 2019, el bloqueo de los EE.UU. contra Cuba ha ocasionado
pérdidas al turismo cubano que ascienden a unos mil 383
millones de dólares, en importantes esferas relacionadas con los viajes, los
servicios, las operaciones y aseguramientos logísticos. De no existir el
bloqueo, se estima que el 35% del total de visitantes a Cuba en un año podrían
ser estadounidenses. Bajo esta hipótesis, la cifra total de turistas
procedentes de esa nación en 2018 hubiese sido de 1 millón 656 mil 298, pasando
a ser el principal mercado emisor de viajeros hacia Cuba.
Por solo
citar algunos ejemplos:
·
La medida adoptada por el
gobierno de los EE.UU. de eliminar las licencias generales para los viajes
educativos grupales “pueblo a pueblo” agrava el impacto negativo sobre la
afluencia de turistas estadounidenses a la Isla. Si bien la anterior
prohibición de los viajes “pueblo a pueblo” a título individual, que obligaba a
los viajeros procedentes de los EE.UU. a visitar Cuba bajo el patrocinio de una
organización estadounidense, ya desestimulaba el arribo de turistas de ese
país, la nueva medida suprime por completo la posibilidad de viajar bajo esta
categoría.
·
A pesar de que durante el
período se produjo un incremento del arribo de cruceristas, la entrada de
visitantes estadounidenses por la vía aérea decreció en un 28,6%, lo que
representó una disminución de 103 mil 161 visitantes con respecto a 2017 e
impactó de manera negativa en la recaudación de ingresos. La política
adoptada a partir del 5 de junio de 2019 por el gobierno de los EE.UU. de negar
las licencias a las aeronaves no comerciales y embarcaciones de pasajeros y
recreativas en estancia temporal, incluyendo los cruceros a Cuba, daña aún más
los viajes de los estadounidenses al país y los ingresos por este
concepto.
·
La agencia de viajes
CUBATUR sufrió afectaciones monetario-financieras ascendentes a 497 mil 800
dólares como resultado de gastos de servicios bancarios, variación de tasas de
cambio y la utilización de alternativas bancarias como pasarelas de pago.
·
La empresa HAVANATUR enfrentó
perjuicios por la negativa de bancos corresponsales de procesar pagos a
clientes, el cierre de cuentas bancarias en terceros países, la retención de
fondos y la cancelación de servicios de procesamiento de tarjetas de crédito.
El bloqueo
también ha provocado afectaciones al sector de las comunicaciones y la
informática, incluidas las telecomunicaciones. Esta política constituye el
principal impedimento al flujo de información y al más amplio acceso a Internet
y a las tecnologías de la información por parte de los cubanos, al dificultar y
encarecer la conectividad en el país, condicionar el acceso a las plataformas y
tecnologías, y utilizar el ciberespacio para subvertir el sistema político y
jurídico cubano.
Los daños
económicos ocasionados al sistema de las comunicaciones durante el período de
abril de 2018 a marzo de 2019 se estiman en más de 55 millones de dólares. La
Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) continúa siendo la entidad con
mayor afectación, registrando aproximadamente el 98% del monto total de los
perjuicios.
Entre los
ejemplos más significativos del período, destacan los siguientes:
·
La actividad de capacitación a
los profesionales del sector de las comunicaciones se ha visto afectada por la
imposibilidad de realizar el pago de los cursos que ofrece la Empresa Chilena
ALGORITMO. Esta situación ha dilatado la realización de 5 cursos planificados
en el 2018, necesarios para la implementación y desarrollo de servicios de mejor
calidad.
·
La política de bloqueo afecta el
libre acceso desde Cuba a los contenidos de la red de redes y el derecho a las
libertades expresadas y aceptadas por los autores que producen software con
Licencia Pública General (GNU-GPL). El daño se materializa a través de la
negativa de acceso al servicio o de descarga de información, al reconocerse
que el enlace se realiza desde una dirección de internet (IP) otorgada al
dominio cubano .cu.
·
A Cuba se le niega el acceso a
la información oficial de sitios tecnológicos de primera línea, lo que
dificulta la autopreparación o capacitación a distancia. Tales
son los casos de Cisco, VMWARE, Google Code, Google Web Designer y Google Page
Speed Insights.
·
Los especialistas de RADIOCUBA
se han visto imposibilitados de asistir a la Conferencia Anual que ofrece el
proveedor de servicios satelitales MARLINK SAS, la cual se ha celebrado en dos
ocasiones en New Orleans.
·
Las restricciones del bloqueo
han impedido la realización de Giros Postales Internacionales (GPI), razón por
la cual no se ha firmado el Convenio de Correos-Giros para el envío de GPI con
el Operador Designado de los EE.UU.
·
ETECSA fue miembro del Sistema
Global para las Comunicaciones Móviles (GSM, por sus siglas en inglés)
hasta diciembre de 2017, fecha en que se recibió una carta del Director
Jurídico de la Asociación GSM para anunciar la suspensión de la membresía de la
empresa cubana en dicha organización. El directivo alegó su obligación de
cumplir la ley de los EE.UU. con respecto a las sanciones comerciales a los que
presten servicios a las empresas cubanas. De esta forma, ETECSA solo podrá
participar en los eventos públicos que se realicen fuera del territorio de los
EE.UU.
·
El bloqueo impide el acceso a
marcas y/o equipamientos de altas prestaciones y líderes en el mercado de las
infocomunicaciones o que son distribuidas o cuentan con patentes de entidades
estadounidenses, entre ellos, teléfonos fijos, móviles, antenas, sistemas
informáticos, etc.
El sector
del transporte también ha sido
considerablemente afectado por las regulaciones del bloqueo. Los daños totales
en este renglón durante el período analizado superaron los 170 millones de
dólares, lo que representa un aumento de más de 69 millones con respecto al
período anterior.
Entre los
ejemplos más significativos del período, se encuentran los siguientes:
·
A la Empresa holandesa DAMEN,
principal suministrador de partes y piezas Caterpillar y Cummings a los
astilleros DAMEX de Santiago de Cuba, le fue prohibido, por el Suministrador de
Caterpillar en los Países Bajos, vender a Cuba los suministros necesarios para
la reparación y mantenimiento de las embarcaciones de la Empresa Prácticos de
Cuba.
·
La empresa Cubana de Aviación
S.A. está imposibilitada de utilizar los servicios de la compañía ATCO (Airline
Tariff Publishing Company), la cual se encarga de publicar las tarifas aéreas
de más de 500 aerolíneas y tiene sus instalaciones principales en el Aeropuerto
Internacional de Washington Dulles, Washington D.C. Debido a las restricciones
del bloqueo, Cuba se ve obligada a realizar un pago adicional de mil 300
dólares mensuales para acceder a la carga de las tarifas aéreas en el sistema
de distribución.
·
La aerolínea española Air Europa
(UX) se abstuvo de concretar el “Acuerdo de Código Compartido” (Code Share) y
de cumplir el compromiso contraído con Cubana de Aviación, en tanto opera con
la línea Boeing, cuya flota es fabricada en los EE.UU.
En el
período analizado, las afectaciones provocadas por el bloqueo a la industria
cubanasuperaron los 49 millones de dólares. Con el monto total de estas
afectaciones se hubieran podido adquirir materias primas necesarias para
nuestras industrias, como el carburo de calcio para la producción del
Acetileno, mezclas para la producción de Neumáticos, papel semi-extensible para
la producción de los Sacos Multicapas, entre otros. Algunos
de los ejemplos más significativos son:
·
El Grupo Empresarial de la
Industria Química (GEIQ) se vio imposibilitado de adquirir repuestos y
máquinas de reposición para los compresores de aire, bombas LEFI y equipos de
las marcas BURTON CORBLIN y GARO, debido a la presencia de accionistas
estadounidenses en dichas compañías. Esto causó graves perjuicios a las
producciones de cloro en Cuba. En igual sentido, no fue posible rentar
isocontenedores para oxígeno medicinal, fabricados en los EE.UU., debido al
temor de sus proveedores a ser penalizados por la OFAC.
·
El Grupo de la Electrónica
(GELECT) abarca la producción y los servicios de equipos eléctricos y
electrónicos, soluciones informáticas, medios, partes y piezas para las
telecomunicaciones. Debido al carácter disuasorio del bloqueo, este grupo
empresarial no ha podido concretar acuerdos negociados con varios proveedores,
lo cual obstaculiza y encarece las gestiones con las empresas importadoras e
imposibilita acceder a las principales tecnologías y materiales necesarios para
realizar las producciones. Ello determina que el país tenga que adquirir
los insumos en otras zonas geográficas, con incremento de los costos de las
producciones nacionales de casi 2 millones de dólares, por conceptos de fletes.
Como
consecuencia del bloqueo, el sector de la construcción continúa
enfrentando serias dificultades para acceder a tecnologías constructivas
más eficientes, ligeras, de menores consumos de materiales básicos y
componentes energéticos. En el período analizado, no fue posible adquirir
las barrenadoras D55, necesarias para la Industria de Materiales de
la Construcción, por medio de la empresa ATLAS COPCO, radicada en un país asiático.
Debido al bloqueo, la casa matriz de dicha compañía prohibió la venta de estos
productos a Cuba.
La actividad
de exportación de esta rama también se ha visto obstaculizada por las
regulaciones del bloqueo. Ejemplo de ello es la imposibilidad de materializar
un contrato firmado con ABS TRADE & COMMERCE LIMITED para la exportación de
300 mil toneladas de Piedra de Algaba. La compañía no ha podido encontrar un
buque dispuesto a trasladar la mercancía desde Cuba hacia el país de destino.
En el caso
del sector de la energía y minas, las afectaciones a sus empresas
ascendieron a 78 millones 336 mil 424 dólares, para un incremento de más de 18
millones con respecto al año precedente.
Los ejemplos
más significativos del período son los siguientes:
·
La Empresa Mixta “Moa Nickel
S.A” sufrió daños a la producción de 40 t de Sulfuros de Níquel y Cobalto, para
la exportación. Esto se debió a que los principales fabricantes de partes y
piezas claves para el proceso productivo se han retirado, como consecuencia del
efecto disuasivo del bloqueo. Ello ha conducido al aumento de los costos de
mantenimiento, pérdidas de tiempo para localizar suministradores sustitutos,
demoras en los arribos y mayores gastos de importación. La firma MS SALES cerró
sus operaciones con Cuba al ser absorbida por una compañía de los EE.UU. y
Veostalpine, uno de los principales proveedores de electrodos, cerró
operaciones por el riesgo país que genera el bloqueo, incumpliendo contratos ya
firmados.
·
En el grupo empresarial Unión
Eléctrica se mantiene el acceso muy limitado a las piezas de repuesto para los
motores BAZAN, fabricadas por la compañía española NAVANTIA. Esta empresa se ha
rehusado a realizar operaciones comerciales con Cuba, por temor a las
consecuencias del bloqueo. Por tal razón, las piezas solo se pueden adquirir a
través de un único suministrador a precios 2 veces superiores a los del
mercado.
·
El consorcio COMPAIR, de origen
británico, pasó a formar parte de un grupo estadounidense, razón por la cual ha
cortado toda relación con los proyectos de su tecnología desarrollados en Cuba
para las estaciones centralizadas de aire comprimido. Como consecuencia, no se
tiene acceso a piezas de repuesto para todo el equipamiento instalado
inicialmente, el cual se ha tenido que modificar con otras tecnologías, a un
costo adicional al planificado.
·
En septiembre y noviembre de
2018, se firmaron dos contratos con la empresa General Electric International
INC, para los suministros adicionales de la Turbina de la Central
Termoeléctrica Antonio Guiteras y para la modernización de la Planta Eléctrica
Pico Santa Martha, respectivamente. No obstante, el 5 de febrero de 2019 se
recibió una notificación del CENTENNIAL BANK de los EE.UU., en la que se
informa que, tomando en cuenta la activación del Título III de la Ley
Helms-Burton, no se otorgaría el financiamiento para estos 2 contratos.
3. Afectaciones al sector externo de la economía
cubana
3.1
Afectaciones al comercio exterior
La
afectación total del bloqueo de los EE.UU. a la esfera del comercio exterior de
Cuba entre abril de 2018 y marzo de 2019 fue de 2 mil 896 millones 581 mil 555
dólares, con el consiguiente aumento de las incidencias negativas que
dificultan y distorsionan el desempeño de la actividad comercial externa.
Además de
las afectaciones cuantificadas, no puede obviarse el efecto disuasivo e
intimidatorio de la política de bloqueo en el sector de los negocios de los
EE.UU. y de terceros países, con una repercusión aún mayor en las instituciones
bancario-financieras que se rehúsan a trabajar con entidades cubanas, y en el
sector de las inversiones en el país.
En el ámbito
del comercio exterior, las mayores repercusiones se aprecian en los ingresos
dejados de percibir por exportaciones de bienes y servicios, alcanzando los 2
mil 343 millones 135 mil 842 dólares. En esta cifra, incidió significativamente
la disminución de viajeros estadounidenses durante el período, tendencia que se
ha mantenido desde 2017 como resultado de la campaña mediática contra los
viajes a nuestro país y la manipulación de los supuestos incidentes de salud de
diplomáticos estadounidenses en Cuba.
Los daños
ocasionados por la reubicación geográfica del comercio se estiman en 1020,2
millones de dólares, lo que representa un crecimiento del 18 % en relación con
el período anterior.
Las
afectaciones por la imposibilidad de acceder al mercado de los EE.UU., se
calculan en 163 millones 108 mil 659 dólares. Los sectores más afectados fueron
el de la salud, el energético y la minería, las telecomunicaciones y la informática,
la agricultura, la construcción y la industria, los cuales abarcan el 74,4% de
los daños por este concepto, con un monto de 121 millones 423 mil 969
dólares.
Como
resultado de las restricciones del bloqueo, no es posible exportar a territorio
estadounidense marcas cubanas que se encuentran registradas en ese mercado.
Este es el caso del café Cubita, los rones Caney y Varadero, así como el
carbón. De igual modo, la venta de estos rones en el mercado europeo también
enfrenta serias limitaciones. Las cadenas a través de las cuales se
comercializan estos productos no permiten su venta simultánea con otras marcas
provenientes de los EE.UU. Ello se ha traducido en la disminución de la
demanda por parte de los clientes que los importan y distribuyen en Europa.
La
imposibilidad de acceder al mercado estadounidense también impide la venta de
otras mercancías cubanas como el azúcar y la miel de abeja en ese territorio. En
el caso del azúcar, solamente los daños atribuibles a la exclusión del sistema
de cuotas azucareras ha representado una pérdida superior a los 29 millones de
dólares.
Por otra
parte, la posibilidad de efectuar importaciones de productos agroalimentarios
desde los EE.UU., no ha significado la eliminación de prácticas comerciales,
financieras y logísticas discriminatorias, que afectan negativamente los
resultados económicos de las importaciones desde ese mercado. Esta situación se
mantiene, pese a los esfuerzos realizados por el sector agrícola estadounidense
a fin de promover sus relaciones comerciales con Cuba en esta materia.
Dicho comercio irregular no permite ningún tipo de financiamiento,
situación que obliga a nuestra Empresa Comercializadora de Alimentos (ALIMPORT)
a acudir a mercados con facilidades de crédito que se encuentran en zonas
lejanas y cuyos fletes son superiores. Debido al incremento causado por el
bloqueo al llamado riesgo país, los acreedores aplican tarifas de
aproximadamente un 5% por encima de lo normal. Además, al no estar permitido
efectuar pagos en dólares estadounidenses a terceros en el exterior, es preciso
comprar monedas de reembolso, con las consiguientes pérdidas derivadas de las
tasas de cambio.
Por ejemplo,
la empresa cubana AT Comercial S.A. reportó afectaciones al no poder acceder al
mercado estadounidense para la adquisición de determinados productos
alimenticios, los cuales tuvieron que ser comprados a precios mayores a través
de intermediarios y en países más lejanos.
En esta
etapa, el impacto negativo por concepto de prohibición de utilizar el dólar de
EE.UU. alcanza los 85 millones 139 mil 436 dólares y el incremento del costo de
financiamiento/riesgo país se cuantifica en 47 millones 290 mil 204 dólares. En
estos indicadores, influye la falta de acceso a créditos bancarios o blandos.
Las empresas cubanas se ven obligadas a trabajar con créditos comerciales
otorgados por los propios proveedores con términos financieros desventajosos.
Las
consecuencias negativas por concepto de utilización de intermediarios
comerciales y el consecuente encarecimiento de las mercancías alcanza los 173
millones 210 mil 916 dólares, reflejando un incremento del 189% con respecto al
período anterior.
Otra
variable que continúa provocando serias afectaciones a nuestra economía son los
sobrecostos por fletes y seguros que se deben pagar por la reubicación
geográfica del comercio hacia regiones más lejanas. Por este concepto, se
calculan pérdidas en el orden de los 72 millones 160 mil 602 dólares.
La siguiente
tabla compila las afectaciones del bloqueo a la esfera del comercio exterior de
Cuba en el período comprendido entre abril de 2018 y marzo de 2019:
Afectaciones por concepto de:
|
USD
|
Imposibilidad de acceder al
mercado de EE.UU.
|
163.108.659,16
|
Utilización de
intermediarios/encarecimiento de las mercancías
|
173.210.916,43
|
Incremento en los fletes y
seguros
|
72.160.602,95
|
Ingresos dejados de percibir por
exportaciones
|
2.343.135.842,95
|
Riesgo país/incremento del costo
de financiamiento
|
47.290.204,71
|
Prohibición de utilizar el dólar
de EE.UU.
|
85.139.436,80
|
Otras afectaciones*
|
12.535.892,72
|
TOTAL
|
2.896.581.555,72
|
*Costos
adicionales por operaciones a través de bancos de terceros países/comisiones
bancarias/modalidades de instrumentos de pagos, cobros retenidos, ruptura de
contratos, litigios, entre otros.
3.2
Afectaciones a las Finanzas
Las
afectaciones provocadas por la imposición del bloqueo de los EE.UU. a Cuba han
continuado acrecentándose, con un marcado carácter intencional en la esfera
bancaria y financiera. Esto ha ocasionado serias dificultades que impiden el
normal y adecuado funcionamiento del sector e incrementan los costos asociados
a la operatoria bancaria y comercial. La etapa se ha caracterizado por la tendencia
de instituciones financieras y bancarias extranjeras a negarse a realizar
operaciones con bancos cubanos, así como por el cierre de cuentas y claves para
el intercambio de información financiera, establecidas por la Society for
Worldwide Interbank Financial Telecommunication (SWIFT).
Entre abril
de 2018 y marzo de 2019, se registraron afectaciones al sistema bancario cubano
por parte de 140 bancos extranjeros. En este período, aumentaron en 12 las
instituciones bancarias extranjeras que se sumaron a la política de negativas a
servicios aludiendo al bloqueo de los EE.UU. Esto último atenta contra el
normal funcionamiento y operatividad de las instituciones bancarias cubanas,
las que están obligadas a trabajar en un ambiente de permanente tensión, incertidumbre
y adversidad, a fin de garantizar el movimiento seguro de sus flujos
financieros.
En el
periodo analizado, las afectaciones monetario-financieras se estimaron en 725,8
millones de dólares, lo que representa un crecimiento del 35 % con respecto a
la etapa anterior.
Las
principales dificultades que presentaron las instituciones bancarias cubanas
durante la etapa analizada fueron:
Recrudecimiento
de las medidas de bloqueo asociadas a los servicios informáticos:
·
Se mantienen las dificultades relacionadas
con el acceso a nuevas tecnologías de la Society for Worldwide Interbank
Financial Telecommunication (SWIFT), debido a que la mayoría de las empresas
que facilitan los software y las tecnologías son estadounidenses.
·
Varios bancos extranjeros solicitaron
a entidades bancarias cubanas la cancelación de las claves de mensajería vía
SWIFT, que sirven como autorizaciones que se intercambian con los bancos
corresponsales y permiten filtrar y limitar la mensajería que se recibe y el
tipo de mensaje que se envía (conocida por sus siglas en inglés como
RMA).
Restricciones
para el uso del dólar estadounidense en las transacciones comerciales y
financieras con el exterior:
·
Permanecen las restricciones del
uso del dólar estadounidense en las transacciones comerciales y financieras
externas de Cuba, lo que origina cuantiosas pérdidas por variación de las tasas
de cambio entre la moneda estadounidense y la de terceros países en las que se
ejecutan los cobros y pagos.
Negativa a
prestar servicios bancarios:
·
Solicitud de cierre de cuentas:
8 entidades bancarias extranjeras, de ellas: 7 de Europa y 1 de Asia.
·
Negativa a realizar
transferencias de fondos desde o hacia Cuba y a prestar otros servicios
bancarios: 15 entidades, de ellas: 9 asiáticas, 3 europeas, 2 latinoamericanas
y 1 de Oceanía. Destaca el ejemplo siguiente:
·
Un banco latinoamericano
informó a su homólogo cubano, mediante mensajes de SWIFT, que a partir de enero
de 2019 se verían imposibilitados de participar en transacciones de cartas de
crédito y transferencias internacionales que involucraran a entidades listadas
por el Departamento de Estado de los EE.UU. (Cuban Restricted List).
Las
negativas a la tramitación de documentos bancarios conllevan a la búsqueda de
alternativas de localización de bancos que acepten relacionarse con Cuba para
poder realizar los pagos a los proveedores o recibir los ingresos en divisas.
Esto representa para Cuba la no disponibilidad de los recursos en el momento
oportuno para el cumplimiento de sus obligaciones y/o la adquisición de
productos de imperiosa necesidad, en adición a la incertidumbre que se genera
sobre el destino de los fondos.
·
Retención de fondos de entidades
cubanas en bancos extranjeros: 2 bancos de Europa.
·
Cancelación de claves de
mensajería SWIFT por parte de bancos foráneos que sirven como autorizaciones
que se intercambian con los bancos corresponsales: 24 entidades, de ellas: 15
europeas, 3 de América Latina, 2 de Asia, 2 de Oceanía, 1 de América del
Norte y 1 de África. Por ejemplo:
·
Se recibió de un banco
latinoamericano información refiriendo que no estaban en condiciones para
intercambiar información, aun cuando el propio banco solicitó previamente
comunicación solicitando intercambio de claves vía SWIFT.
·
Negativas de bancos extranjeros
a avisar y/o tramitar operaciones de cartas de crédito: 16 instituciones, de
ellas: 15 asiáticas y 1 europea. En la mayor parte de los casos, la negativa
genera afectaciones por las dilaciones innecesarias, al tener que contactar la
empresa cubana a su proveedor para localizar un banco alternativo que quiera
tramitar los documentos.
·
Devolución de operaciones
bancarias: 63 entidades, de ellas: 37 de Europa, 13 de Asia, 8 de América
Latina, 3 de América del Norte, 1 de África y 1 de Oceanía. Destaca
el ejemplo siguiente:
·
Una institución bancaria
de Europa devolvió una transferencia a un banco cubano por políticas de
cumplimiento del banco del beneficiario, a pesar de haberse proporcionado la
información adicional previamente solicitada.
·
Cancelación de operaciones
bancarias y de acuerdos de corresponsalía: 8 bancos, de ellos: 3 asiáticos, 3
europeos y 2 latinoamericanos. Algunos ejemplos:
·
Un banco latinoamericano
envió comunicación a su homólogo cubano informando que cancelarían las
relaciones con Cuba, bajo el argumento de que es un país sancionado por la OFAC
y las personas o instituciones que contraten o presten ayuda financiera a
quienes estén incluidos en dicha lista, corren el riesgo de ser tratados como
narcotraficantes, criminales internacionales o terroristas.
·
Una institución bancaria
europea solicitó la cancelación de las operaciones con Cuba, debido a los
distintos embargos internacionales y a las sanciones por parte de los EE.UU.,
lo cual obligó al banco cubano a buscar nuevas alternativas en dicha plaza.
·
Dos bancos de América
Latina comunicaron que no ejecutarían nuevas transacciones provenientes de
Cuba. Esta situación limita el pago a suministradores y la recepción de
recursos derivados de exportaciones cubanas, estando afectados clientes como
Cubana de Aviación, FARMACUBA, CUBADEPORTE y entidades importadoras cubanas.
·
Solicitud a bancos cubanos de
documentos adicionales y de otros requerimientos para realizar las operaciones
bancarias: 4 instituciones bancarias, de ellas: 2 de Asia, 1 de Europa, 1 del
norte de América. Algunos ejemplos:
·
Un banco europeo se
fusionó con otro de la misma plaza y para oficializar la cuenta de un banco
cubano en sus libros solicitó, por vía SWIFT, requerimientos inusuales y nunca
antes indicados, referidos a que en los pagos efectuados la institución
bancaria cubana no podía involucrar a clientes relacionados con ninguna esfera
militar, las Fuerzas Armadas, fuerzas policiales, así como bienes que se
originen en los EE.UU.
·
Una entidad bancaria de
Europa solicitó información adicional e inusual a un banco cubano para realizar
operaciones por transferencias, tal como la confirmación de que la mercancía no
tendría un uso militar, alegando las exigencias de la normativa de cumplimiento
de su banco.
Las
entidades cubanas tienen que acceder al financiamiento externo en condiciones
extremadamente onerosas:
·
Las entidades bancarias y
empresariales cubanas tienen que pagar altas tasas de interés, por encima de
las que establece el mercado para operaciones similares de otros países. Esto
se debe a la imposición de sobretasas como resultado de la clasificación del
riesgo país que se aplica a Cuba, elemento principal en la determinación de la
factibilidad y de los costos de las operaciones financieras, incrementado en
razón del bloqueo vigente.
Dificultades
con el envío y recepción de documentos bancarios a través de agencias de
mensajería:
·
La Agencia de Mensajería DHL
Express-Habana envió a un banco cubano la relación de países a los que queda
limitado el servicio de paquetería, por restricciones impuestas por la OFAC,
con el siguiente texto: “El cliente solo podrá realizar el envío bajo su
responsabilidad, después de haber sido previamente notificado por el Agente
Postal. Si el cliente insiste en realizar la imposición, DHL no se hará
responsable de lo que suceda con el envío, pues una vez notificado pierde ese
derecho. Se subraya que a cualquier país que emita DOX o WPX con destino a Cuba
se le exige una Carta de Indemnización (LOI), quedando a decisión del cliente”.
·
Otra agencia de envíos y
paquetería, The People Network (TNT) de Reino Unido, comunicó a una entidad
bancaria cubana que no podían continuar ofreciendo sus servicios. La negativa
estuvo relacionada con la lista de entidades cubanas restringidas publicada por
el Departamento de Estado de los EE.UU.. En este caso, se trataba de documentos
al cobro de una empresa exportadora cubana.
·
Un banco cubano recibió
comunicación de una entidad bancaria de Norte América, planteando no estar de
acuerdo en firmar los documentos que exige la Agencia DHL Express que establece
que, de existir alguna multa por la tramitación de documentos hacia Cuba, el
banco debe asumirla.
Todos estos
obstáculos determinan que el envío de las remesas documentarias sea mediante
copias vía correo electrónico, incluyendo los documentos de embarque, y no de
los originales que debían recibirse directamente por DHL. Esta situación genera
dificultades a los importadores cubanos, al tener que buscar otras alternativas
de recepción de los documentos. Por otra parte, no se cuenta con la misma
garantía y seguridad con que viajan dichos documentos cuando el envío se
realiza por los canales bancarios.
La
aplicación extraterritorial del bloqueo continúa siendo un signo distintivo de
la política agresiva del gobierno de los EE.UU. contra Cuba. Este entramado de
sanciones daña seriamente a nuestro país, pero afecta también los intereses y
los derechos soberanos de terceros países, lo que constituye una violación del
Derecho Internacional, los propósitos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas y las normas del libre comercio.
En el
período analizado se recrudeció la aplicación del bloqueo, lo que incluye la
decisión del gobierno de los EE.UU. de permitir, al amparo del Título III de la
Ley Helms-Burton, la posibilidad de tomar acción judicial en tribunales
estadounidenses contra entidades que “trafiquen” con propiedades nacionalizadas
en Cuba en la década de 1960. Esta disposición ataca la libertad de
comercio y refuerza el carácter extraterritorial de las sanciones contra Cuba,
además de dañar las relaciones económicas y comerciales de la Isla con la
comunidad internacional.
La Ley
Helms-Burton, violatoria de principios del Derecho Internacional como la libre
determinación de los pueblos, la libertad de comercio, la igualdad soberana y
la no injerencia en los asuntos internos de los Estados, es totalmente
inaplicable en Cuba. La Ley 80 de Reafirmación de la Dignidad y
Soberanía Cubanas, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en
diciembre de 1996, declara ilícita la mencionada normativa estadounidense y sin
valor ni efecto jurídico alguno en el territorio nacional cubano.
La
promulgación de la Ley Helms-Burton condujo a la aprobación de “legislaciones
antídotos” diseñadas por terceros como México, Canadá y la Unión Europea, a fin
de protegerse ante las afectaciones causadas por la aplicación de esta
normativa.
La Unión
Europea aprobó un “Estatuto de Bloqueo” que prohíbe la ejecución dentro de su
territorio de sentencias judiciales de los EE.UU. relacionadas con el Título
III de la Ley Helms-Burton. El gobierno canadiense enmendó la Ley Contra
Medidas Extraterritoriales Extranjeras, estableciendo que “cualquier sentencia
emitida de conformidad con la legislación de los EE.UU., no será reconocida ni
ejecutable de ninguna manera en Canadá”. Por su parte, México cuenta con la Ley
de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan
el Derecho Internacional.
4.1
Afectaciones a entidades cubanas (Ejemplos)
En el
período analizado, continuaron recrudeciéndose las afectaciones a entidades
cubanas en sus relaciones comerciales con terceros países a través del cierre
de cuentas bancarias, la imposibilidad de realizar transacciones para el pago o
el cobro de servicios y la cancelación de contratos comerciales. A continuación
se relacionan algunos ejemplos:
El 1ro de
junio de 2018, la sucursal
en Luxemburgo del banco holandés ING, se negó a realizar una transacción
procedente de la empresa luxemburguesa e-Time Corp. dirigida a la compañía
CUBAEXPORT, como resultado del bloqueo de los EE.UU. contra Cuba.
El 12 de
junio de 2018, la sucursal
en Nueva Zelandia del Australia and New Zealand Banking Group(ANZ)
envió una carta a la Asociación de Agencias de Viajes de Nueva Zelandia
(TAANZ), para informar que desde ese momento se prohibía cualquier transacción
o trato relacionado (directa o indirectamente) con países bajo sanciones de
EE.UU., incluyendo a Cuba.
El 2 de
agosto de 2018, la
sucursal en Brasil de la compañía estadounidense FEDEX canceló los servicios a
la Embajada y los consulados cubanos en ese país, a partir de
instrucciones recibidas de su casa matriz en los EE.UU. debido a que Cuba se
encuentra bajo sanciones de la OFAC.
El 15 de
agosto de 2018, se conoció
que el Banco Santander Rio en Argentina no realizó una transferencia indicada
por HAVANATUR al BFI por importe de 250 mil dólares (ordenada con el importe
equivalente en euros).
El 16 de
agosto de 2018, se conoció
que los bancos dominicanos BANRESERVAS y BHD-León cerraron las cuentas
pertenecientes a la sucursal en la República Dominicana de la empresa Cubana de
Aviación, por encontrarse Cuba bajo sanciones de los EE.UU.
El 21 de
agosto de 2018, el banco
panameño MULTIBANK cerró la cuenta corriente en dólares a la compañía Cubana de
Aviación S.A en Ciudad Panamá.
El 28 de
agosto de 2018, la
subsidiaria de la empresa estadounidense FEDEX en Santa Lucía procedió al
cierre de la cuenta de la Embajada de Cuba en ese país, debido a las
regulaciones del bloqueo.
El 30 de
septiembre de 2018, la sucursal
en Bahamas de la empresa estadounidense FEDEX cerró la cuenta de la Embajada de
Cuba en ese país, por orientación de su departamento legal en los EE.UU.
El 1ro de
octubre de 2018, se conoció
que la sucursal en Surinam del banco holandés DSB se negó a continuar
realizando transacciones en dólares a la Embajada de Cuba en ese país, debido a
las regulaciones del bloqueo.
El 2 de
octubre de 2018, el hotel
Hilton Fukuoka Sea Hawk, en Japón, canceló una reserva de la Embajada de Cuba
en ese país por indicación de su casa matriz en los EE.UU. y alegó que no podía
prestar sus servicios debido a las sanciones de los EE.UU. contra Cuba.
El 16 de
octubre de 2018, la sucursal
en Jamaica de la empresa estadounidense FEDEX congeló la entrega de dos envíos
de pasaportes realizados desde la Embajada de Cuba en Washington hacia la
misión diplomática cubana en Kingston, debido a las sanciones de los EE.UU.
contra Cuba.
El 30 de
octubre de 2018, la entidad
financiera panameña MULTIBANK envió una Declaración Jurada a la Embajada de
Cuba en Panamá, que persigue establecer la “desvinculación” con Cuba. La nota
requería ser firmada por el Embajador cubano en Panamá, en calidad de
representante legal de Cuba, y alude a las regulaciones del bloqueo.
El 29 de
noviembre de 2018, el banco de
capital privado Halyk Bank, fusionado con el banco KAZKOM, en Kazajstán, envió
una carta a la Embajada de Cuba en ese país tras el congelamiento temporal de
sus cuentas, el cambio de numeración sin previo aviso y el cobro de una alta
comisión bancaria. La misiva trasladó que la decisión se debió a las
regulaciones del bloqueo.
El 17 de
diciembre de 2018, se conoció
que la subsidiaria de la empresa estadounidense FEDEX en Saint Kitts y Nevis
comunicó a la Embajada de Cuba en ese país que suspendía el servicio de
paquetería que se le ofrecía.
El 17 de
diciembre de 2018, la entidad
bancaria de Malasia MAYBANK notificó al ciudadano cubano Miguel Morales sobre
el cierre de su cuenta, tras recibir instrucciones como resultado de las
regulaciones del bloqueo.
El 4 de
enero de 2019, se conoció que el Banco Nacional
de Canadá comunicó a la compañía canadiense radicada en Toronto, INTERCOPEX
LTD, sobre nuevos requerimientos de DHL para países bajo sanciones, incluida
Cuba, que impedían tramitar su documentación hacia nuestro país. A raíz de la
retención del servicio por DHL, el Banco Nacional de Canadá notificó a todos
los bancos cubanos sobre la situación.
El 16 de
enero de 2019, el proveedor DEVEXPORT comunicó
a la empresa importadora cubana CEXNI, la imposibilidad de efectuar las
entregas correspondientes al contrato 80063, para la compra de 143 toneladas de
cianuro de sodio en briquetas, dirigido a la producción de Doré (oro). Esto se
debió a que las autoridades del país del fabricante prohibieron los embarques
durante el 2019 para Cuba, argumentando evitar sanciones del Departamento del
Tesoro de EE.UU. a sus empresas, por comerciar con la Isla.
En febrero
de 2019, la empresa MEDICUBA recibió
varias comunicaciones de proveedores con los cuales tenía contratos firmados,
informando que el Banco MULTIBANK de Panamá anunció el cierre de las cuentas a
Cuba, lo cual generó dificultades para el cobro y ejecución de las operaciones
comerciales, teniendo que buscar otras alternativas y suplementar los contratos
ya firmados.
En abril de
2019, directivos de la Corporación
Nacional de Petróleo, Gas y Metal de Japón (JOGMEC, por sus siglas en
inglés) trasladaron a la Embajada de Cuba en ese país la decisión de tres
de sus empresas, de cancelar su participación en un proyecto conjunto con CUPET
sobre un estudio geoquímico para posible proyecto a riesgo de uno o más bloques
en aguas someras y/o en tierra. Alegaron que la decisión se tomaba en virtud de
los negocios de las empresas involucradas en los EE.UU.
4.2
Afectaciones al sector bancario y financiero (Ejemplos)
El 5 de
octubre de 2018, la OFAC
impuso una multa de 5 millones 263 mil 171 dólares a la entidad bancaria J.P.
MORGAN CHASE por realizar transacciones y prestar servicios no autorizados a
clientes incluidos en la Lista de Personas Especialmente Designadas y
Bloqueadas entre el 2008 y el 2012.
El 19 de
noviembre de 2018, la entidad
bancario-financiera Société Générale S.A. con sede en París, Francia, acordó un
pago total de 1 340 millones 231mil 916 dólares a la OFAC del Departamento del
Tesoro de EE.UU., la Oficina del Fiscal General del Distrito Sur de Nueva York,
la Oficina del Fiscal del Distrito del Condado de Nueva York, la Reserva
Federal y el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Nueva York,
por la violación de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos, las
Regulaciones sobre Sanciones y Transacciones de Irán y las Regulaciones sobre
Sanciones de Sudán. Según la OFAC, Société Générale S.A. procesó 796
transacciones que involucraban a Cuba, por un total de más de 5 mil 500
millones de dólares entre el 11 de julio de 2007 y el 26 de octubre de 2010.
Esa penalización es la segunda mayor impuesta a una institución
financiera por relacionarse con Cuba.
El 1ro de
abril de 2019, la entidad panameña MULTIBANK
cerró un número indeterminado de cuentas bancarias de empresas de esa nación
istmeña y otras foráneas que comercian o tienen relaciones con Cuba, incluida
la corresponsalía de la agencia de noticias Prensa Latina.
El 9 de
abril de 2019, la OFAC del Departamento del
Tesoro de los EE.UU. impuso una sanción a STANDARD CHARTERED BANK, entidad del
sector bancario-financiero con sede en Inglaterra, ante aparentes violaciones
de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos y de otros programas de
sanciones aplicables a Irán, Siria, Sudán y Myanmar. A fin de evitar un pleito
legal, la compañía británica acordó el pago de 639 millones 23 mil 750 dólares
a la OFAC y de 2 715 millones 100 mil 479 dólares a otras instituciones
gubernamentales y estaduales estadounidenses.
El 15 de
abril de 2019, la OFAC del Departamento del
Tesoro impuso sendas sanciones a las filiales europeas de UNICREDIT GROUP en
Alemania, Austria e Italia por violaciones a las Regulaciones para el Control
de Activos Cubanos y otros programas de sanciones aplicables a Myanmar, Sudán,
Siria, Irán y Libia. Como consecuencia, y a fin de evitar un pleito civil,
UNICREDIT BANK AG acordó el pago de 553 millones 380 mil 759 dólares, UNICREDIT
BANK Austria AG de 20 millones 326 mil 340 dólares y UNICREDIT S.P.A. de 37
millones 316 mil 322 dólares a la OFAC y otras instituciones gubernamentales y
estaduales de EE.UU.
5. Rechazo universal al bloqueo
5.1
Oposición en los EE.UU.
A pesar del
marcado deterioro impuesto por el actual gobierno de los EE.UU. a sus
relaciones con Cuba, muchos sectores dentro de la sociedad estadounidense
manifiestan su oposición al bloqueo contra la Isla.
Representantes
de los sectores agrícola, cultural, académico y de negocios no solo han
rechazado esta política violatoria del Derecho Internacional, sino que han sido
activos en sus intentos por influir políticamente en las ramas ejecutiva y
legislativa a nivel estadual y federal. Grupos como Engage Cuba, por ejemplo,
han ampliado su alcance y se han diversificado a partir del establecimiento de
nuevos consejos estaduales en territorio estadounidense.
La
concreción de algunos acuerdos y negocios ha puesto de manifiesto el interés de
estos sectores en favorecer vínculos bilaterales saludables y de beneficio
mutuo. Se ha confirmado la disposición de muchos estadounidenses a contribuir
al mejoramiento de las relaciones y al levantamiento del bloqueo impuesto
contra Cuba.
Algunos
ejemplos de la oposición al bloqueo en los EE.UU. son:
·
El 5 de
abril de 2018, el senador republicano por
Arkansas, John Boozman, Jefe del Subcomité de Materias Primas, Manejo de Riesgo
y Comercio del Comité de Agricultura, Nutrición y Silvicultura del Senado,
publicó un artículo titulado “Es hora de expandir las exportaciones agrícolas
de EE.UU. a Cuba” en el sitio web del proyecto Washington DC 100 de
la firma de relaciones públicas Story Partners. Bozzman criticó la
prohibición de ofrecer créditos privados a las exportaciones agrícolas de los
EE.UU. a Cuba y se refirió de manera positiva al proyecto de la Ley de
Expansión de las Exportaciones Agrícolas, introducido en el Senado por él y la
entonces senadora demócrata de Dakota del Norte, Heidi Heitkamp.
·
El 19 de
abril de 2018, la congresista demócrata por
Florida, Kathy Castor, escribió en la red social twitter que su esperanza para
el futuro en Cuba y los EE.UU. es que los gobiernos escuchen a las personas de
ambas naciones que quieren cambios, compromiso y mayor libertad. La legisladora
agregó que es vital que ambas partes participen y hablen en un mundo complicado
y moderno, mientras remarcó: “Somos vecinos después de todo”.
·
El 19 de
abril de 2018, el presidente de la
organización Cuba Educational Travel, Collin Laverty, emitió un comunicado en
el que cuestionó la política de bloqueo, el distanciamiento y la hostilidad del
presidente Donald Trump hacia Cuba. Expresó que Trump estaba situando al pueblo
estadounidense y a sus instituciones fuera del juego y que en ausencia de una política
inteligente de los EE.UU. era esencial que los pueblos de ambos países
continuaran construyendo vínculos. Laverty señaló que su organización
continuaría trabajando incansablemente para unir a los dos países, mientras
esperaba un mejoramiento de las relaciones bilaterales.
·
El 23 de
abril de 2018, los congresistas republicanos
Roger Marshall, Rick Crawford y Tom Emmer -de Kansas, Arkansas y Minnesota,
respectivamente- publicaron un artículo para el medio digital especializado en
agricultura Feedstuffs bajo el título “Una solución simple podría abrir un
mercado de 2 mil millones de dólares para los agricultores de EE.UU.”. La
publicación hizo un llamado al gobierno de Donald Trump a maximizar las
ganancias para los agricultores de los EE.UU. y demostró el compromiso de los
legisladores de apoyar al sector privado de Cuba mediante el uso de su
autoridad para abrir las puertas de su país de forma más amplia a la
agroindustria cubana. Argumentaron que si EE.UU. pudiera vender sus productos a
Cuba, las ventas agrícolas de Arkansas podrían llegar a 52 millones de dólares;
Kansas podría superar los 55 millones, con un aumento del 25% en las ventas de
trigo, y Minnesota podría ver un alza en las ventas de 50 millones de
dólares.
·
El 4 de
junio de 2018, el entonces senador
republicano por Arizona, Jeff Flake, señaló en una conferencia de prensa en La
Habana que nunca había estado a favor del bloqueo, sino de la normalización de
las relaciones entre Cuba y los EE.UU. Agregó que le complacía observar
aumentos en los viajes de estadounidenses a Cuba en el período 2014-2016 y que,
a pesar de los reveses, con su visita pretendía asegurar que los
estadounidenses conocieran que es seguro viajar a Cuba.
·
El 7 de
junio de 2018, tuvo lugar la Mesa Redonda
Congresional sobre las relaciones comerciales con Cuba, con la participación
de legisladores estadounidenses y ejecutivos del grupo de cabildeo Engage
Cuba. El senador por Arkansas, John Boozman, señaló que los agricultores
estadounidenses se encontraban en una situación en la que casi todos los
precios de los productos básicos eran bajos, por lo que abrir el comercio
bilateral con Cuba sería beneficioso para todos. El representante de Minnesota,
Tom Emmer, también se refirió a las posibilidades de fomentar las capacidades agrícolas
y económicas bilaterales y a la necesaria apertura de más mercados de
exportación. Añadió que el embargo es una política fallida, por lo cual
seguiría presionando para su levantamiento. En la propia Mesa Redonda
Congresional, el representante Rick Crawford, de Arkansas, refirió que la
apertura comercial con Cuba posibilitaría una mejor relación entre los dos
países.
·
El 7 de
junio de 2018, el grupo de cabildeo Engage
Cuba señaló en un mensaje de la red social Twitter que “es hora de dejar de
lado la política y hacer lo correcto: apoyar al Congreso para el comercio entre
Cuba y EE.UU.”.
·
El 10 de
junio de 2018, se creó el 18º Consejo
Estadual de Engage Cuba en Pensilvania con la participación de un grupo
bipartidista de funcionarios estaduales, líderes de negocios y agrícolas.
Durante el acto, James Williams, presidente del Grupo, instó al Congreso a que
levantara las restricciones a Cuba, perjudiciales tanto para los habitantes de
Pensilvania como para los cubanos.
·
El 11 de
junio de 2018, representantes del Congreso
estadual de Pensilvania y asociados del comité ejecutivo de Engage Cuba
instaron al Congreso de EE.UU. a levantar las restricciones sobre Cuba,
alegando que perjudican a los residentes de ese Estado y a los cubanos por
igual.
·
El 13 de
junio de 2018, la Asociación Nacional de
Departamentos Estaduales de Agricultura de EE.UU. (NASDA) exigió al gobierno de
Donald Trump el levantamiento del bloqueo y la normalización de las relaciones
comerciales bilaterales.
·
El 13 de
junio de 2018, se aprobó en el Comité de
Agricultura del Senado una enmienda a la Ley General de Agricultura del 2018
favorable a Cuba, propuesta por los senadores Heidi Heitkamp de Dakota del
Norte y John Boozman de Arkansas. La enmienda buscó promover fondos para
aumentar el acceso al mercado cubano de productos agrícolas cultivados en los
EE.UU.
·
El 13 de
junio de 2018, la entonces senadora
demócrata por Dakota del Norte, Heidi Heitkamp, dijo en un comunicado de prensa
que “en Dakota del Norte sabemos lo importante que es el comercio para los
agricultores y ganaderos. El relajamiento del embargo a Cuba fue un paso
importante en la demanda de la creación de importaciones agrícolas de EE.UU. en
la Isla, pero podemos hacer mucho más para apoyar el comercio agrícola rentable
con Cuba". Agregó que los agricultores de Dakota del Norte ven a Cuba como
un mercado natural para sus productos locales como frijoles, guisantes y
lentejas comestibles, mientras señaló que su enmienda bipartidista le da al
Departamento de Agricultura de EE.UU. (USDA) la capacidad de construir alianzas
comerciales confiables entre productores de Dakota del Norte y compradores
cubanos, sin costo adicional para el contribuyente.
·
El 14 de
junio de 2018, la Asociación Nacional de
Departamentos Estaduales de Agricultura de los EE.UU. (NASDA, por sus siglas en
inglés) envió una carta al Presidente Donald Trump, al Senado y a la Cámara de
Representantes de ese país, exigiendo el fin del bloqueo contra Cuba.
·
El 20 de
junio de 2018, el Dr. William M. LeoGrande,
Profesor de Gobierno y Decano Emérito en la Facultad de Relaciones Públicas de
la American University, ofreció su testimonio durante una audiencia de la
Cámara de Representantes de los EE.UU. Reconoció que las sanciones impuestas a
Cuba durante décadas no tuvieron éxito y que no había razón para no
relacionarse con Cuba. Declaró estar de acuerdo en que los agricultores
estadounidenses deberían poder financiar las ventas agrícolas a Cuba y en que
las restricciones a los viajes a Cuba deberían levantarse. Añadió que las
empresas estadounidenses deberían poder comerciar e invertir en Cuba.
·
El 28 de
junio de 2018, la entonces senadora demócrata
por Missouri, Claire McCaskill, apuntó que apoyaba el incremento del
comercio con Cuba durante una entrevista al sitio de redes de noticia de
radio Brownfield Agricultural News For America.
·
El 28 de
junio de 2018, el Senado estadounidense aprobó
el proyecto de Ley Agrícola 2018, que incluye una disposición para autorizar el
uso de los fondos de promoción comercial de EE.UU. en el incremento del acceso
a Cuba. La disposición, presentada por la entonces senadora Heidi Heitkamp, fue
adoptada por voto de voz en el Comité de Agricultura del Senado.
·
El 2 de
julio de 2018, el representante estadual
de la Cámara de Pennsylvania Greg Rothman, en el artículo publicado en Penn
Live bajo el título “Los agricultores de Pensilvania necesitan una
sacudida justa en Cuba”, resaltó las posibilidades de comercio entre Cuba y
ese Estado, sobre todo en exportación de leche, dada la relación histórica
existente con la Isla. A su vez, instó a que los legisladores estaduales
abogaran por el fin del bloqueo a Cuba.
·
El 24 de
julio de 2018, el Consejo de la Cuidad de
Pittsburgh, Pensilvania, aprobó una proclama en apoyo de las relaciones
Cuba-EE.UU. y demandó el fin del bloqueo contra Cuba.
·
El 5 de
septiembre de 2018, un grupo bipartidista de más
de 60 asociaciones agrícolas, empresas y funcionarios de 17 Estados instó al liderazgo
de los Comités de Agricultura de la Cámara de Representantes y el Senado, a
incluir una disposición en el proyecto de Ley Agrícola 2018 que expandiera el
comercio agrícola con Cuba y eliminara las restricciones al financiamiento
privado para las exportaciones de alimentos de los EE.UU.
·
El 27 de
septiembre de 2018, se conoció
que Jeff Witte, presidente de la Asociación Nacional de Departamentos de
Agricultura (NASDA), expresó que NASDA apoyaba plenamente la mejora del
comercio agrícola y la cooperación con Cuba y que el actual bloqueo debía ser
levantado.
·
El 9 de
octubre de 2018, una publicación digital
de Southwest Farm Press expuso las palabras de Paul Johnson,
vicepresidente de la Coalición Agrícola para Cuba de EE.UU. (USACC), cuando señaló
que Cuba representa un mercado potencial de 2 000 millones de dólares para los
productores agropecuarios estadounidenses. Johnson se refirió a las ventajas
que el comercio agrícola y la cooperación científica en esta esfera tendrían
para los dos países.
·
El 31 de
octubre de 2018, representantes
de la sociedad civil estadounidense y grupos de solidaridad con Cuba apoyaron
el reclamo de la comunidad internacional de poner fin al bloqueo de los EE.UU.,
tras la sesión en la Asamblea General de la ONU que abordó el proyecto de
resolución cubano. Frente a la sede de la Misión de Cuba en Nueva York se
congregaron, entre otros, la directora ejecutiva de la Fundación Interreligiosa
para la Organización Comunitaria-Pastores por la Paz, Gail Walker, el coordinador
del Movimiento de Solidaridad con Cuba en Nueva York, Ike Nahem, así como
Martin Koppel, uno de los líderes del Partido Socialista de los Trabajadores de
los EE.UU.
·
El 21 de
diciembre de 2018, el senador republicano por
Arkansas, John Bozzman, subrayó que la aprobación de la Ley de Agricultura
2018, con una enmienda sobre Cuba, representaba una gran victoria para los
estadounidenses que han trabajado constantemente para abrir más acceso al
mercado cubano.
·
El 23 de
enero de 2019, el Consejo de St Paul City
aprobó por votación unánime una resolución solicitando al gobierno federal el
levantamiento del bloqueo a Cuba.
·
El 23 de
enero de 2019, Carla Riehle, miembro del
Comité de Solidaridad Cuba-Minnesota, dijo refiriéndose a Cuba que ningún otro
país ha sido castigado por los EE.UU. tan fuertemente, incluyendo aquellos que
tienen un espantoso historial en materia de derechos humanos.
·
El 4 de
febrero de 2019, el representante republicano
por Arkansas, Rick Crawford, dijo que consideraba que las oportunidades para
aprobar la ley de libertad de comercio con Cuba se habían incrementado y la
iniciativa contaba con gran apoyo. Señaló que fuera de la Florida, el apoyo de
los estadounidenses al levantamiento del bloqueo es “probablemente mayor al 70
por ciento”, a lo que añadió: “pienso que debemos seguir presionando”.
·
El 7 de
febrero de 2019, el representante demócrata por
Massachusetts, Jim McGovern, señaló en el pleno de la Cámara de Representantes
que "permitir el Título III de la Ley Helms Burton penalizaría a las
empresas por hacer lo que las compañías estadounidenses hacen en todo el
mundo, abriría un nuevo frente en la guerra comercial, obstruiría los
tribunales con demandas, haría imposible negociar una compensación por los
reclamos de los EE.UU. en Cuba y, al final, perjudicaría a los estadounidenses
que buscan una compensación por la propiedad que perdieron”.
·
El 8 de
febrero de 2019, la senadora demócrata por
Minnesota, Amy Klobuchar, presentó una resolución para el levantamiento del
bloqueo contra Cuba en el comité de Banca, Vivienda y Asuntos Urbanos del
Senado. El proyecto fue copatrocinado por los senadores Patrick Leahy de
Vermount y Michael B. Enzi de Wyoming.
·
El 22 de
febrero de 2019, la Coalición de Agricultura de
los EE.UU. para Cuba envió una carta al Secretario de Agricultura, Sonny
Perdue. La misiva fue firmada por más de 100 organizaciones de productores
agrícolas, quienes manifestaron su deseo de mantener abierto el comercio con
Cuba y el interés en expandir las exportaciones de sus productos a Cuba.
·
El 4 de
marzo de 2019, el presidente de Engage
Cuba,
James Williams, emitió una declaración a raíz de la decisión del Departamento de Estado de EE.UU. de suspender el Título III de la Ley Helms-Burton por solo 30 días. Expresó: “esta es una continuación de la misma política de bloqueo que ha fallado durante casi 60 años. Continuar con esta política fallida socava los intereses estadounidenses y ayuda a nuestros adversarios. Continuaremos trabajando con nuestros aliados en el Congreso para rechazar esta política fallida hasta que el embargo finalmente se elimine por completo”.
James Williams, emitió una declaración a raíz de la decisión del Departamento de Estado de EE.UU. de suspender el Título III de la Ley Helms-Burton por solo 30 días. Expresó: “esta es una continuación de la misma política de bloqueo que ha fallado durante casi 60 años. Continuar con esta política fallida socava los intereses estadounidenses y ayuda a nuestros adversarios. Continuaremos trabajando con nuestros aliados en el Congreso para rechazar esta política fallida hasta que el embargo finalmente se elimine por completo”.
·
El 4 de
marzo de 2019, el Director Ejecutivo del
Grupo de Estudio sobre Cuba, Ricardo Herrero, emitió una declaración en
respuesta al anuncio del Departamento de Estado sobre la suspensión parcial del
Título III de la Ley Helms-Burton. Herrero señaló: “Si los 60 años de una
política de embargo fallida nos han enseñado algo, es que el cambio en Cuba no
se producirá como resultado de una agresión económica unilateral dirigida desde
Washington y Miami. Es lamentable que los asesores del presidente insistan en
ignorar esta lección. Hacemos un llamado al presidente Trump para que siga los
instintos que exhibió a principios de su campaña de 2016 y persiga activamente
una política de compromiso constructivo con Cuba que ponga los intereses de los
EE.UU. y el pueblo cubano en primer lugar".
·
El 4 de
marzo de 2019, la oficina de Washington para
América Latina (WOLA) emitió una nota de prensa criticando la decisión del
gobierno de Trump de suspender temporalmente el Título III. "La política
exterior de Trump parece apuntar a castigar a Cuba cuando es su propio interés
normalizar esta relación. En un momento en que Cuba está experimentando un
importante proceso de reforma interna gradual, el gobierno de los EE.UU. no
debería aumentar las hostilidades”, señaló el comunicado.
·
El 5 de
marzo de 2019, integrantes del grupo Cuban
Americans for Engagement (CAFE) expresaron mediante un comunicado de prensa su
oposición a la decisión adoptada por el gobierno de EE.UU. de iniciar la
suspensión parcial del Título III de la Ley Helms-Burton, la cual es percibida
como un gesto de injerencia y atenta contra la soberanía de los países
involucrados en dinámicas de comercio con Cuba.
5.2
Oposición de la comunidad internacional
El rechazo
de los diversos actores del sistema internacional al bloqueo económico,
comercial y financiero impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba es
creciente y palpable. Los siguientes ejemplos lo evidencian:
·
El 13 de septiembre
de 2018, en el marco del 39º período
ordinario de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, se denunciaron los
efectos negativos del bloqueo y se hizo un llamado a su total
eliminación. En esta ocasión, 23 países en desarrollo intervinieron en el
diálogo interactivo con el Relator Especial sobre las repercusiones negativas
de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos
humanos.
·
El 27 de
septiembre de 2018, los Ministros de Relaciones
Exteriores del Grupo de los 77 más China en su Declaración Ministerial
rechazaron, una vez más, la aplicación del bloqueo contra Cuba y la imposición
de medidas coercitivas unilaterales contra países en desarrollo. El texto fue
adoptado en la 42 reunión Ministerial del Grupo, realizada en el marco del 73
período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva
York.
·
Durante el debate general del 73
período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrado
entre el 25 de septiembre y el 1ero de octubre de 2018, dignatarios
de 33 países, incluidos 16 jefes de Estado y de Gobierno, denunciaron la ilegal
permanencia del bloqueo que impone los EE.UU. a Cuba y abogaron por su
inmediato levantamiento.
·
El XIII Congreso de Sindicatos
Sudafricanos (COSATU), celebrado entre el 17 y el 20 de septiembre de
2018 en Sudáfrica, emitió a propuesta del Sindicato Nacional de
Trabajadores sudafricanos de la Educación, la Salud y Afines (NEHAWU, por sus
siglas en inglés), una resolución de rechazo al bloqueo. Se exigió, además, la
devolución a Cuba del territorio ilegalmente ocupado por la Base Naval de
EE.UU. en Guantánamo.
·
El 4 de
octubre de 2018, el Grupo interparlamentario de
Amistad Francia-Caribe del Senado francés, dirigió una carta a Michael R.
Pence, Presidente del Senado de EE.UU., exigiéndole el fin del bloqueo contra
Cuba.
·
El 15 de
octubre de 2018, la Bancada de Diputados
Sandinistas ante la Asamblea Nacional y el Parlamento Centroamericano emitió
una declaración en rechazo al bloqueo de los EE.UU. contra Cuba.
·
El 15 de
octubre de 2018, la Asamblea Nacional de
Seychelles condenó el bloqueo contra Cuba. El documento firmado por su
Presidente Jean François Ferrari, ratifica que el bloqueo es injusto,
innecesario y contrario al espíritu de la Carta de las Naciones Unidas.
·
El 24 de
octubre de 2018, la senadora Vanessa
Grazziotin, líder del Partido Comunista de Brasil en el Congreso brasileño,
emitió una declaración de condena al bloqueo contra Cuba. Dicha declaración
afirma que el bloqueo sigue siendo el principal obstáculo al desarrollo de la
economía cubana y constituye un grave desafío para la ejecución de la Agenda
2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible.
·
El 1ro de
noviembre de 2018, la Asamblea General de
Naciones Unidas aprobó, por vigésimo séptima ocasión consecutiva, la resolución
“Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto
por el gobierno de EE.UU. de América contra Cuba”, con el voto favorable de 189
Estados miembros. A la par, la comunidad internacional rechazó por amplia
mayoría, las 8 enmiendas presentadas por la delegación estadounidense con el
objetivo de desnaturalizar el texto de resolución con la introducción de
contenidos que sirvieran de pretexto a la continuidad de la criminal política
anticubana.
·
Durante el debate y adopción de
la resolución cubana, 46 oradores se pronunciaron a favor de la necesidad de
que EE.UU. elimine el bloqueo que mantiene contra Cuba. Destacaron las
intervenciones de 7 representantes de grupos de concertación política y
organizaciones regionales y subregionales, a saber: el Grupo de los 77 más
China, el Grupo Africano, el Movimiento de Países No Alineados, la Comunidad de
Estados Latinoamericanos y Caribeños, la Asociación de Naciones del Sudeste
Asiático, la Comunidad de Estados del Caribe y la Organización de la
Cooperación Islámica.
·
El 8 de
noviembre de 2018, el Parlamento Nacional de
Sudáfrica, liderado por su Presidenta Baleka Mbete, aprobó una moción en
rechazo al bloqueo contra Cuba.
·
El 28 de noviembre de 2018, El Consejo Latinoamericano
del SELA, reunido en sesión ministerial en la ciudad de Caracas, exigió
enérgicamente el fin del bloqueo.
·
El 28 de
noviembre de 2018, tuvo lugar en el Parlamento
Europeo un evento de solidaridad con Cuba y denuncia al ilegal bloqueo, a iniciativa
del Grupo de Izquierda GUE/NGL. En el encuentro sesionaron dos paneles, los
cuales analizaron “Las consecuencias económicas y sociales de las
ilegales sanciones de los Estados Unidos contra Cuba en el nuevo escenario
político latinoamericano” y “Las acciones contra los ilegales
efectos extraterritoriales de las sanciones de los Estados Unidos en los países
europeos”. El investigador de Derecho Internacional y miembro
del Buró de la Asociación Internacional de Abogados Democráticos, Fabio
Marcelli, fundamentó las razones por las que el bloqueo no puede calificarse
como un embargo, a la vez que abogó por una aplicación real del Reglamento
2271/96, aprobado en noviembre de 1996 por la Unión Europea, para proteger a
sus personas naturales y jurídicas de la aplicación extraterritorial del
bloqueo.
·
El 11 de
febrero de 2019, en el marco del 32 Período de
Sesiones de la Asamblea de la Unión Africana, se aprobó la Resolución titulada
“El levantamiento del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por
Estados Unidos de América a la República de Cuba”, en la cual se condena esta
inhumana e ilegal política.
·
El 15 de
marzo de 2019, en reunión de la Autoridad de
la Organización de Estados del Caribe Oriental se denunció el recrudecimiento
del bloqueo mediante la amenaza de activación del Título III de la Ley
Helms-Burton, la cual califican de ilegal y arbitraria. De igual forma, se puso
en evidencia que el bloqueo económico, comercial y financiero del gobierno de
EE.UU. contra Cuba socava la estabilidad, la paz y la seguridad de la región
del Caribe.
·
El 29 de marzo de 2019, en la VIII Cumbre de la
Asociación de Estados del Caribe (AEC) que tuvo lugar en Nicaragua, se aprobó
la Declaración de Managua, en la cual se reiteró el profundo rechazo a la aplicación
de medidas coercitivas unilaterales y se reafirmó el llamado al gobierno de
EE.UU. para que ponga fin al bloqueo económico, comercial y financiero que
impone a Cuba, derogue la Ley Helms-Burton y cese su aplicación
extraterritorial.
·
En el marco del V Foro Económico
Internacional de Yalta, celebrado en abril de 2019, María Zajarova,
vocera de la Cancillería rusa, reiteró la condena frontal de su país a la
aplicación de sanciones unilaterales contra Cuba por parte de EE.UU.. Denunció
que la actual administración estadounidense reanima la Doctrina Monroe y
la aplica en toda su extensión, con el objetivo de aplastar la soberanía e
independencia de los Estados.
·
El 26 de
abril de 2019, Horace Daley, miembro del
Parlamento de Jamaica, vocero de la Oposición para Trabajo y Seguridad Social,
vicepresidente de la mesa directiva del Partido Nacional del Pueblo (PNP) y
presidente de su Comisión de Relaciones Internacionales, ratificó el apoyo
incondicional de su partido a la lucha del pueblo cubano por el levantamiento
del bloqueo. Afirmó que el Título III de la Ley Helms-Burton refuerza, de
manera peligrosa, el componente extraterritorial de la política de bloqueo y
constituye un ataque al Derecho Internacional y a la soberanía, tanto de Cuba
como de terceros países.
·
En Brasil, diversas fuerzas
políticas denunciaron el bloqueo y exigieron el fin de la ilegal e inhumana
política que frena el desarrollo de Cuba. Entre ellas se encuentran: el Partido
de los Trabajadores, el Frente Parlamentario de la Asamblea Legislativa de Río
de Janeiro y el Partido Comunista del Brasil. Con igual propósito se
manifestaron movimientos sociales y sindicales como la Central de Trabajadores
y Trabajadoras de Brasil, el Movimiento Sin Tierra, el Consejo Brasileño por la
Paz, la Unión de Mujeres Brasileiras, el Consejo Mundial por la Paz, la Red de
intelectuales y artistas en Defensa de la Humanidad, el Movimiento Paulista de
Solidaridad con Cuba, el Colectivo de periodistas amigos de Cuba, la Asociación
Cultural José Martí-Río Grande del Sur, la Asociación Cultural José
Martí-Baixada Santista del Estado de Sao Paulo, la Asociación Cultural José
Martí-ABC paulista del Estado de Sao Paulo, el Comité Carioca de Solidaridad
con Cuba del Estado de Río de Janeiro y la Asociación Cultural José
Martí-Espírito Santo.
·
El Jefe del Departamento de
Información y Diplomacia Digital, Secretario de Prensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Belarús, Anatoly Glaz, a nombre de la Cancillería
bielorrusa emitió contundentes declaraciones en rechazo al recrudecimiento del
bloqueo contra Cuba. Asimismo, recordó que la mayoría de los Estados miembros
de la ONU se oponen sistemáticamente a las medidas de bloqueo económico,
comercial y financiero y, en este caso particular, también condenan la introducción
de nuevas medidas coercitivas unilaterales contra Cuba.
·
Keiji Furuya, Presidente de la
Liga Parlamentaria de Amistad Cuba-Japón, en reunión de trabajo con el
Embajador cubano en ese país, reiteró el apoyo de esa organización al reclamo
de Cuba por el fin del bloqueo y reafirmó la profunda preocupación por el carácter
extraterritorial del mismo, que viola la legislación de terceros Estados,
incluido Japón.
Luego del
anuncio por parte del gobierno de Donald Trump de la activación del Título III
de la Ley Helms-Burton, acción sin precedentes que refuerza el bloqueo
económico, comercial y financiero contra Cuba, numerosos actores
internacionales han expresado su rechazo:
·
La Alta Representante de Asuntos
Exteriores de la Unión Europea (UE), Federica Mogherini, afirmó a través de un
comunicado que su bloque regional lamenta profundamente el recrudecimiento del
bloqueo contra Cuba mediante la activación por EE.UU. del Título III de la Ley
Helms-Burton, por considerarla contraria al Derecho Internacional. Asimismo,
expresó que para la UE la aplicación extraterritorial de medidas restrictivas
unilaterales es ilegal, por lo que recurrirán a todas las medidas adecuadas
para abordar las consecuencias, incluidos sus derechos en la Organización
Mundial del Comercio y el uso del Reglamento 2271/96 del Consejo Europeo.
·
Lu Kang, vocero del Ministerio
de Relaciones Exteriores de China, anunció la oposición de su país a las
medidas unilaterales de EE.UU. que refuerzan el bloqueo y constituyen el
principal obstáculo al desarrollo socioeconómico y al bienestar de Cuba.
·
En el marco de su visita a Cuba
en abril de 2019, María Fernanda Espinosa, presidenta del 73 período de
sesiones de la AGNU, ratificó que las sanciones unilaterales contravienen los
principios del Derecho Internacional y que el apoyo brindado por la comunidad
internacional a Cuba en su batalla contra el bloqueo, es una muestra del
rechazo casi unánime a esta política y de la necesidad de que se respete el
derecho de Cuba al desarrollo.
·
El gobierno británico calificó
de extraterritorial e ilegal la decisión de EE.UU. de permitir que sus
ciudadanos entablen demandas contra empresas extranjeras que operan en Cuba por
“traficar” con propiedades nacionalizadas. En la nota emitida, el gobierno
británico aseguró que continuará trabajando de forma conjunta con sus pares europeos
para proteger los intereses de sus empresas.
·
El Relator Especial del Consejo
de Derechos Humanos sobre las repercusiones negativas de las medidas
coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos, Idriss
Jazairy, denunció el 6 de mayo de 2019 el bloqueo de EE.UU. contra Cuba.
El experto resaltó que el uso de sanciones económicas con fines políticos viola
los derechos humanos y las normas de comportamiento internacional, a la vez que
afirmó que la aplicación extraterritorial de sanciones unilaterales es
claramente contraria al Derecho Internacional.
·
La Agrupación de Argentinos
Graduados en Cuba (AAGC) repudió, en un comunicado público, su rechazo a las
intenciones de EE.UU. de aplicar el Título III de la Ley Helms-Burton y
recrudecer el bloqueo económico, comercial y financiero que intenta asfixiar y
frenar el desarrollo de Cuba. Los argentinos graduados en la Isla exhortaron a
EE.UU. a respetar las resoluciones adoptadas en el seno de la Asamblea General,
las cuales exigen el inmediato levantamiento del bloqueo.
·
La Cámara de Diputados de la
Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia divulgó una Declaración de
censura a la implementación del Título III de la Ley Helms-Burton, el cual
recrudece el bloqueo económico, comercial y financiero de EE.UU. a Cuba. El
órgano legislativo aprobó su enérgico y categórico rechazo a este nuevo paso de
la administración estadounidense, que atenta contra los derechos y el
desarrollo armónico que el pueblo cubano merece.
·
En su 50º Asamblea General, la
asociación belga “Los amigos de Cuba”, condenó la política de agresión contra
la Isla llevada a cabo por el gobierno de EE.UU. y manifestó que se une a las
protestas registradas en el mundo entero contra la activación del Título III de
la Ley Helms-Burton, porque podría afectar a empresas europeas o de otros
países presentes en la nación caribeña, una muestra más del alcance
extraterritorial del bloqueo. La organización, además, solicitó al gobierno de
Bélgica y a la Unión Europea, poner en práctica todos los mecanismos
disponibles para apoyar a sus ciudadanos y empresas, así como para oponerse a
todos los procesos jurídicos que se abran en EE.UU.
·
La Coordinadora Ecuatoriana por
la Paz, la Soberanía, la Integración y la No Injerencia, que agrupa diversas organizaciones
sociales como la Red de Intelectuales y Artistas en Defensa de la Humanidad, el
Movimiento Revolución Ciudadana, la Red de Mujeres Transformando la Economía,
la Federación Ecuatoriana de Indios y el Diálogo Sur-Sur/LGBT-Ecuador, definió
de grave la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton y repudió el
endurecimiento de las sanciones desde la Casa Blanca hacia entidades y países
que mantienen relaciones comerciales, económicas y financieras con Cuba, lo que
busca su aislamiento. Recordó que esas prácticas injerencistas habían sido
denunciadas reiteradamente por diversos bloques como la Unión Europea, el G-77
más China y el Movimiento de Países No Alineados.
·
La Coordinadora Ecuatoriana de
Amistad y Solidaridad con Cuba se sumó también al rechazo internacional por la
decisión del gobierno de EE.UU. de aplicar el Título III de la Ley
Helms-Burton contra Cuba. Señaló que dicho engendro jurídico fue diseñado para
entorpecer las crecientes relaciones económicas y comerciales de Cuba con el mundo,
por lo cual es violatorio del Derecho Internacional y de las normas rectoras
del comercio y la inversión.
·
En una nota de prensa dirigida
al Embajador cubano en Irán, el presidente de la Asociación de Amistad
Irán-Cuba, Hadi Khansari, condenó las amenazas y presiones de EE.UU. contra la
Isla caribeña y consideró al bloqueo como el conjunto de sanciones más duras y
severas en la historia contemporánea.
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El reverendo Jim Winkler, máxima
autoridad del Consejo Nacional de Iglesias de Cristo en los EE.UU., presentó
una declaración de principios con el objetivo de pedir el fin del bloqueo y
abogar por la normalización de las relaciones entre ambos países. Expresó su
oposición a la administración de Donald Trump por las nuevas restricciones de
los viajes entre Cuba y EE.UU. y por la activación del Título III de la Ley
Helms-Burton, acción que busca empeorar la calidad de vida del pueblo
cubano.
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El Movimiento Argentino de
Solidaridad con Cuba (MasCuba) rechazó la decisión del gobierno de EE.UU. de
activar el Título III de la Ley Helms-Burton, que agrava el bloqueo económico,
comercial y financiero impuesto a Cuba desde hace casi seis décadas. En un
comunicado, el grupo de solidaridad señaló que la entrada en vigor de dicho
acápite no solo afectaría a la Isla, sino también a compañías de terceros
países con importantes inversiones en sectores como el turismo, la minería y el
energético. De igual forma, resaltó que esas nuevas agresiones mostraban la
desesperación imperial ante la resistencia continental, encabezada por el
ejemplo de Cuba, a su plan de recolonización.
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La vocera de la Cancillería
vietnamita, Le Thi Thu Hang, reiteró el histórico apoyo de ese país a Cuba y su
oposición al bloqueo de EE.UU., en momentos en que la administración de Donald
Trump arrecia las medidas de asfixia económica contra la Isla.
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Los países de la CARICOM,
reunidos en la Vigésima Segunda Reunión del Consejo de Relaciones Exteriores y
de la Comunidad (COFCOR), celebrada del 13 al 14 de mayo en Granada, emitieron
una declaración en la que se reitera el firme apoyo de la Comunidad al
levantamiento del bloqueo contra Cuba.
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Theresa Clair Clarice Charles,
Embajadora de Granada y Decana del Cuerpo Diplomático caribeño en Cuba, expresó
que el bloqueo de EE.UU. a la Isla es una imposición descorazonada, cruel y
malvada, que intenta doblegar la resistencia de un pueblo que ha luchado contra
el colonialismo, el neocolonialismo y el imperialismo. Resaltó que a pesar de
las dificultades que crea el bloqueo, Cuba no ha tenido dudas a la hora de ayudar
al desarrollo de países del tercer mundo, pobres y
vulnerables.
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El Presidente del Comité de
Relaciones Internacionales, Defensa y Seguridad del Mazhilis de Kazajstán,
Yerman Mukhtar T., reiteró al Embajador cubano en el país euroasiático el apoyo
de ese órgano legislativo a Cuba ante el recrudecimiento del bloqueo y el
incremento de la agresividad del gobierno de los EE.UU. El funcionario subrayó
que Kazajstán está a favor de la paz, el diálogo respetuoso, la igualdad
soberana de los Estados y la seguridad en las relaciones internacionales, así
como de la no injerencia en los asuntos internos de los Estados y el respeto a
la soberanía y la autodeterminación de los pueblos.
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La Asociación de Amistad
con Cuba en San Vicente y las Granadinas emitió una firme declaración de
condena a las más recientes sanciones impuestas por los EE.UU contra
Cuba.
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Mediante un comunicado de la
Secretaría de Relaciones Exteriores, el gobierno mexicano rechazó la decisión
de la administración de Donald Trump de aplicar a Cuba, íntegramente, la Ley
Helms-Burton. En la nota oficial se trasmitió la seguridad de que, a pesar de
que la medida puede afectar a empresas extranjeras que hacen negocios en y con
Cuba, ese gobierno protegerá a las empresas mexicanas que tienen intereses de
negocios con la Isla.
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En el mes de mayo, la Duma rusa
aprobó una resolución de condena a la activación del Título III de la Ley
Helms-Burton. En el texto, se repudia el levantamiento de la moratoria sobre el
efecto del Título III de la legislación anticubana, que constituye una invasión
manifiesta de la soberanía no solo de la mayor de las Antillas, sino también de
los Estados que cooperan activamente con ese país.
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El 22 de mayo de 2019, se aprobó
en la 109° sesión del Consejo de Ministros del Grupo ACP, una declaración para
condenar el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. El documento
resalta que el bloqueo constituye el principal obstáculo para la implementación
de la Agenda 2030 en nuestro país y exige su inmediato e incondicional
levantamiento. Asimismo, denuncia la activación del Título III de la Ley
Helms-Burton y sus efectos extraterritoriales.
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El 14 de junio de 2019, en la VI
Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la
CARICOM y Cuba, fue aprobada una declaración en la que se rechaza el bloqueo
económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos contra Cuba y
se denuncian las nuevas medidas de recrudecimiento de esta política, incluyendo
la activación del Título III de la Ley Helms-Burton.
Conclusiones:
El bloqueo
económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra
Cuba por casi seis décadas, es el sistema de sanciones unilaterales más
injusto, severo y prolongado que se ha aplicado contra país alguno. Es, en su
esencia y objetivos, un acto de agresión unilateral y una amenaza permanente
contra la estabilidad de nuestro país. Desde abril de 2018 hasta marzo de 2019,
esta política continuó recrudeciéndose, con especial énfasis en su dimensión
extraterritorial.
Desde abril
de 2018 hasta marzo de 2019, el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden
de los 4 mil 343, 6 millones de dólares. El significativo
impacto negativo de la aplicación de las medidas adoptadas recientemente por
los Estados Unidos para recrudecer el bloqueo contra Cuba no está contabilizado
en el presente informe, por exceder el cierre del periodo analizado. Esta
información estará recogida en el documento que se presentará el próximo año.
A precios
corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de
esta política alcanzan la cifra de 138 mil 843, 4 millones de dólares.
Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el
mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por
más de 922 mil 630 millones de dólares, valor que representa un
decrecimiento del 1,2 por ciento con respecto al período anterior, debido a la
disminución del precio del oro en 1,6 por ciento.
Esta
política impuesta por el gobierno de los EE.UU. es el principal obstáculo para
el desarrollo de la economía cubana y el pleno disfrute de todos los derechos
humanos del pueblo de Cuba y constituye un grave desafío para la implementación
de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible. Resultan incalculables
los daños humanos que ha producido la aplicación de estas sanciones. No hay
familia cubana ni sector en el país que no haya sido víctima de sus efectos.
Más del 77 por ciento de la población cubana ha nacido y crecido bajo el cerco
económico que impone Washington.
En el
período analizado, la persecución financiera en las jurisdicciones
de diversos países continuó fortaleciéndose. Se registraron limitaciones
impuestas al sistema bancario cubano por parte de 140 bancos extranjeros.
Además, la Oficina de Control de Activos Cubanos y otras agencias estaduales de
EE.UU. impusieron multas a varias compañías de terceros países por violar
diferentes programas de sanciones, incluyendo las Regulaciones para el Control
de Activos Cubanos.
Las
restricciones a los viajes a Cuba, anunciadas por los Departamentos del Tesoro
y el Comercio el pasado mes de junio, reflejaron el propósito del actual
gobierno estadounidense en dar continuidad a la política de recrudecimiento del
bloqueo. Tales cambios regulatorios no solo son contrarios a la opinión
mayoritaria de los estadounidenses que favorecen los vínculos comerciales con
Cuba, sino que atentan directamente contra el emergente sector privado cubano.
El propósito sigue siendo asfixiar a la economía cubana e imponer obstáculos
adicionales a su desarrollo.
La continua
aplicación de la Ley Helms-Burton por parte del gobierno de los EE.UU.
constituye una muestra indiscutible de su escalada agresiva contra Cuba. El
objetivo de esta normativa es perjudicar la economía del país y, con ello,
derrocar la Revolución Cubana. Dicha pretensión tiene su línea de continuidad
en los disímiles instrumentos y mecanismos empleados durante 12 gobiernos
estadounidenses diferentes, en aras de imponer un gobierno a su medida en Cuba,
recuperar su dominio sobre la Isla e incorporarla a su estrategia geopolítica.
La Ley
Helms-Burton viola normas y principios del Derecho Internacional como la libre
determinación de los pueblos, la libertad de comercio, la igualdad soberana y
la no injerencia en los asuntos internos de los Estados. Además, transgrede el
principio de la convivencia pacífica entre las naciones.
El bloqueo
continúa siendo una política absurda, obsoleta, ilegal y moralmente
insostenible, que no ha cumplido ni cumplirá el propósito de doblegar la
decisión patriótica del pueblo cubano de preservar su soberanía e
independencia. Cuba continuará trabajando soberanamente y sin descanso en la
profundización de los objetivos de justicia, equidad y solidaridad que
sustentan el modelo cubano.
Los EE.UU.
han ignorado, con arrogancia y desprecio, las 27 resoluciones adoptadas por la
Asamblea General de la ONU que condenan el bloqueo y las numerosas y variadas
voces que, dentro y fuera de dicho país, piden el cese de esta injusta
política.
En este
contexto de especial complejidad, Cuba y su pueblo confían en continuar
contando con el apoyo de la comunidad internacional en el legítimo reclamo de
poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno
de los EE.UU.
Puede leer el informe original en la página: Pinche aquí.
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